SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2022-S4
Fecha: 01-Ago-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de obrados, se establecen las siguientes conclusiones:
II.1. Por WhatsApp 67809488 de 18 de agosto del año 2021, se verifica que, la abogada de los –hoy solicitantes de tutela–, solicitó el envío del video de la grabación de la audiencia cautelar, al que se le respondió que, la grabación debe ser solicitada al Juzgado (fs. 5).
II.2. De lo señalado por la autoridad demandada en el acta de audiencia y Resolución de la presente acción tutelar, la audiencia de medidas cautelares de los hoy accionantes, se realizó en fecha 17 de agosto de 2021, los mismos, plantearon de forma oral, recurso de apelación incidental en dicha audiencia; y el 26 del mismo mes y año, se remitieron antecedentes al Tribunal de alzada (fs. 15 vta.).