SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2022-S4
Fecha: 08-Ago-2022
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene lo siguiente:
II.1. Cursa Sentencia de 6 de diciembre de 2014, a través de la cual, el Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Santa Cruz, falla declarando culpable del delito de robo agravado a Alison Higa Rodríguez y otro, imponiéndole la condena de tres años de privación de libertad. Seguidamente se tiene el Auto de 6 de diciembre de 2014, por medio del cual, la autoridad judicial nombrada, dispuso otorgar el beneficio de suspensión condicional de la pena a la ahora accionante Alison Higa Rodríguez, fijando como condiciones y reglas, la acreditación de domicilio, un empleo y lugar del trabajo, prohibición de portar armas, cambio de domicilio sin autorización del Juez y la presentación ante el Juez de Ejecución Penal del indicado departamento una vez al mes, con un periodo de prueba de un año (fs. 2 a 6).
II.2. Por Informe de 024/2017 de 17 de enero, la Trabajadora Social de Juzgado de Ejecución Penal Segundo del referido departamento, informó al Juez a cargo de ese despacho judicial, el incumplimiento de las condiciones y reglas impuestas ante el beneficio de la suspensión condicional de la pena, por parte de la condenada Alison Higa Rodríguez –hoy accionante– (fs. 9 y vta.).
II.3. Ante el incumplimiento de las condiciones impuestas, considerando que todas son concurrentes y se tienen que cumplir en su totalidad, el Juez de Ejecución Penal Segundo, por Auto Interlocutorio 308/2017 de 5 de septiembre, dispuso poner en conocimiento del Juez de Instrucción Penal Tercero, que concedió el beneficio de suspensión condicional de la pena, a los fines de que se tomen las medidas procesales que correspondan. Habiéndose puesto a conocimiento del Juez de origen tal incumplimiento, mediante nota 1153/2018 de 16 de agosto (fs. 10 a 11).
II.4. Consta Certificado de Ingreso, Permanencia y Conducta de 2 de marzo de 2021, suscrito por la encargada de Archivos y Kardex de la Dirección del Centro Penitenciario de Santa Cruz “Palmasola”, en el que consta un segundo proceso penal seguido contra Alison Higa Rodríguez, por el delito de robo agravado y asociación delictuosa, habiendo ingresado al referido penal el 5 de febrero de 2019, con mandamiento de condena de tres años de reclusión (fs. 13).
II.5. Alison Higa Rodríguez, por memorial presentado el 9 de abril de 2021, ante el Juez de Ejecución Penal Segundo del departamento de Santa Cruz, planteó incidente de redención de pena (fs. 14). Siendo rechazada dicha solicitud, por Auto Simple 112/2021, emitido por el Juez de Ejecución Penal Segundo del departamento de Santa Cru; en virtud a que, en el primer caso penal, no obstante ser beneficiada con la suspensión condicional de la pena, ésta incumplió las condiciones impuestas, que fueron de conocimiento de la autoridad judicial de origen. Posteriormente, según certificado de permanencia y conducta, la ahora accionante, volvió a ingresar al Centro Penitenciario Santa Cruz “Palmasola” el 5 de febrero de 2019, por orden de la Jueza de Instrucción Penal Décima Segunda, radicada la causa en el Juzgado de Ejecución Penal Cuarto de igual departamento, debiendo la parte solicitante acudir a ese último Juzgado siempre que tenga Sentencia Condenatoria (fs. 15).
II.6. Mediante memorial de 7 de mayo de 2021, la hoy accionante, solicitó al Juez de Instrucción Penal y Anticorrupción Tercero del departamento de Santa Cruz, la remisión de la Resolución de revocatoria de suspensión condicional de la pena y del mandamiento de condena emitidos en su contra, ante el Juzgado de Ejecución Penal Segundo del mismo departamento, con la celeridad que corresponda, a fines de poder acogerse al beneficio de redención de pena y libertad condicional (fs. 16 vta.).
II.7. Emergente del incidente de redención de penal formulado por la parte solicitante de tutela, la Jueza de Ejecución Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz, por Auto interlocutorio de libertad condicional 158/2021 de 8 de junio, concedió y aprobó la demanda incidental de beneficio de libertad condicional a favor de Alison Higa Rodríguez, ordenando se libre mandamiento de libertad condicional en su favor, siempre que no se encuentra detenido por otras causas y/o delitos (fs. 17 a 18).
II.8. El 8 de junio de 2021, se libró mandamiento de libertad condicional en favor de Alison Higa Rodríguez, ordenado mediante Auto Interlocutorio 158/2021, siempre y cuando no se encuentre detenido por otro delito (fs. 20).