SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2022-S4
Fecha: 15-Ago-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Resolución Administrativa Macrodistrital 248/2021 de 14 de mayo, de la Sub Alcaldía de la Zona Sur – Macrodistrito V del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, Iván Vladimir Ávila Pinto, Sub Alcalde de dicha instancia –ahora demandado–; y, otro –ilegible–, dispusieron la clausura definitiva de la actividad económica ALANSERCA S.R.L. (Lambo Shisha Lounge) –hoy accionante–, por contravención a la normativa vigente que regula esta actividad (fs. 1 a 4).
II.2. Consta Auto de 22 de junio de 2021, dictado por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitido dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Mauricio Diego Bustillos Quezada contra el Sub Alcalde ahora también demandado y Marco Chura Silva, Intendente a.i., ambos, del nombrado Gobierno Autónomo Municipal; mediante el cual, se señaló audiencia pública para su tratamiento para el 5 de julio del mismo año (fs. 6 a 7).