SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2022-S1
Fecha: 02-Sep-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:
II.1. Del oficio notariado emitida el 31 de agosto de 2020 por la Gerente de Planta de la empresa Sociedad ZETEX ZEGARRA TEXTILES S.R.L., dirigida a la ahora accionante se tiene que en la misma le hacen conocer la constitución de abandono de funciones y consecuentemente su retiro voluntario de la institución. (fs. 62 a 63)
II.2. Mediante Conminatoria de Reincorporación laboral MTEPS-VMTEPS-J.D.T.L.P./J.R.T.E.A/CONMIN/ 011/2020 de 25 de septiembre, la Jefatura Departamental de Trabajo de El Alto, Conmina al establecimiento laboral empresa Sociedad ZETEX ZEGARRA TEXTILES S.R.L., a la Reincorporación de Jhenny Rosa Alanoca Machicado, al puesto de confeccionista, con el mismo nivel salarial, debiendo pagar sueldos devengados hasta el día de su reincorporación dentro del plazo improrrogable de tres días hábiles a partir de su legal notificación con la presente resolución. (Fs. 14 a 17 vta.)
II.3. De la Resolución Administrativa JRTEA/VMML/ 005/2020 de 24 de noviembre, emitida por el Jefe Regional del Trabajo de El Alto, se tiene que en su parte resolutiva resuelve Aceptar el Recurso de Revocatoria interpuesto por Luis Eduardo Alcides Ayala Oblitas en representación de la empresa Sociedad ZETEX ZEGARRA TEXTILES S.R.L., consecuentemente Revocar Totalmente la Conminatoria de Reincorporación laboral MTEPS-VMTEPS-J.D.T.L.P./J.R.T.E.A/CONMIN/ 011/2020 de 25 de septiembre, a efectos de que el presente caso, sea sujeto a tratamiento por parte de la Judicatura Laboral que contiene la facultad de dirimir controversia que se susciten como emergencia de la relación laboral. (fs. 11 a 13)
II.4. De la Resolución Ministerial 396/2021 de 23 de abril, emitida por Verónica Patricia Navia Tejada Ministra de Trabajo, empleo y Previsión Social se tiene que en su parte resolutiva resuelve al amparo de lo dispuesto por el art. 61 de la Ley 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, así como el art. 121 inc. b) del Decreto Supremo 27113 de 23 de julio, Reglamento a la Ley 2341 de Procedimientos administrativos REVOCAR TOTALMENTE la Resolución Administrativa JRTEA/VMML/ 005/2020 de 24 de noviembre y consecuentemente CONFIRMAR TOTALMENTE la Conminatoria de Reincorporación Laboral MTEPS-VMTEPS-J.D.T.L.P./J.R.T.E.A./CONMIN/011/2020 de 25 de septiembre, que dispone conminar al establecimiento laboral empresa Sociedad Zetex Zegarra Textiles S.R.L., a la Reincorporación laboral de Jhenny Rosa Alanoca Machicado, al puesto de Confeccionista con el mismo nivel salarial, debiendo pagar sueldos devengados hasta el día de su reincorporación. (fs. 4 a 7).
II.5. Mediante formulario de notificaciones, se establece que el procurador de asuntos jurídicos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, ha efectuado la notificación legal con la Resolución Ministerial 396/21 de 23 de abril de 2021 a la empresa Sociedad ZETEX ZEGARRA TEXTILES S.R.L., el 29 de abril del mencionado año (fs.32).
II.6. Del informe MTEPS J.R.T.E.A.-VMML/IHF-V/CONMIN-007/2021 de 14 de mayo de 2021, emitido por el inspector de trabajo de El Alto, se tiene que de la verificación de reincorporación realizada en el establecimiento laboral ZETEX ZEGARRA TEXTILES S.R.L., se tiene que no dio cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación MTEPS-VMTEPS-J.D.T.L.P./J.R.T.E.A/CONMIN/011/2020 de 25 de septiembre y Resolución Ministerial 396/2021 de 23 de abril emitida por mencionada cartera de Estado; motivo por el cual establecieron que no dio cumplimiento a la reincorporación laboral señalada (fs.8 a 9).