SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2022-S4
Fecha: 12-Sep-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Memorándum SENARECOM/DE/MEMO/43/2021 de 25 de enero, el Director Ejecutivo de SENARECOM –ahora demandado–, designó a David Fernando Cruz Mamani –hoy accionante– al cargo de Técnico de Verificación de Exportaciones a.i., con el Ítem 45 (fs. 2).
II.2. Por Memorándum SENARECOM/DE/MEMO/228/2021 de 16 de agosto, la autoridad demandada, agradeció lo servicios al impetrante de tutela, concluyendo la relación laboral con dicha institución en la citada fecha; de lo cual, consta la notificación con la misma al accionante, el 17 de igual mes y año (fs. 3).
II.3. A través del memorial presentado el 10 de agosto de 2021, ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Potosí, el impetrante de tutela, denunció su despido injustificado por parte de SENARECOM; por lo que, solicitó se ordene su reincorporación laboral, más el pago sus sueldos devengados desde su desvinculación (fs. 4 y vta.).
II.4. Mediante Conminatoria de Reincorporación-JDTP-HRF 063/2021 de 20 de septiembre, la Jefatura Departamental de Trabajo de Potosí, instruyó al Director Ejecutivo de SENARECOM, para que en el plazo de cinco días improrrogables a partir de su notificación, reincorpore al impetrante de tutela, al mismo puesto que ocupaba, sea con goce de haberes y otros derechos sociales que correspondan a la fecha (fs. 5 a 8 vta.).
II.5. Por Memorándum SENARECOM/DE/MEMO/258/2021 de 1 de octubre, emitido en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, la autoridad demandada, dispuso la incorporación del accionante a su fuente de trabajo, en cumplimiento de la citada Conminatoria; de lo cual, se advierte nota manuscrita, de haberse notificado al impetrante de tutela, con la misma, en oficinas de la Jefatura Departamental de dicha institución, en la ciudad de Potosí el 4 de igual mes y año a las 10:30, por la Asistente Administrativo de SENARECOM-POTOSI (fs. 81).
II.6. Mediante Informe DPT/INF/94/2021 de 4 de octubre, la Asistente Administrativo de SENARECOM-POTOSI, informó al Técnico de RR.HH. y Habilitación a.i. de SENARECOM, que realizó la notificación al solicitante de tutela, con el Memorándum SENARECOM/DE/MEMO/258/2021, por ventanilla de notificaciones de la Jefatura Departamental de Potosí de la citada entidad pública, en la referida fecha y hora, firmando ella como constancia y adjuntando fotografías de dicho actuado; de la cual, cursa imágenes impresas, del Memorándum de referencia junto a otros documentos, colocado en un tablero, con letras incompletas de señalización “SENARE (…) COMUNICA” (sic [fs. 78, 79 y 80]).
II.7. Cursa Acta de Intervención Notarial de 8 de octubre de 2021, labrada por la Notaria de Fe Pública 7 de Potosí; señalando que, al constituirse juntamente con el accionante, a las oficinas de SENARECOM, ubicado en la ciudad de Potosí y ante la consulta al Director Departamental de SENARECOM POTOSI, sobre el cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación-JDTP-HRF 063/2021, y si por ende llegó el memorándum de reincorporación del accionante, éste indicó: “Que a su Despacho no llegó ningún Memorándum hasta la fecha, empero están a la espera del mismo” (sic [fs. 9]).
II.8. Por Informe UAF/INF/674/2021 de 18 de octubre, ante la autoridad demandada, el Técnico de RR.HH. y Habilitación de SENARECOM, informó el abandono de funciones del impetrante de tutela, sin causa justificada; toda vez que, habiéndosele notificado al mismo con el Memorándum SENARECOM/DE/MEMO/258/2021, el 4 de octubre de igual año, por la ventanilla de notificaciones de la Jefatura Departamental de Potosí de la citada entidad pública, y las constantes llamadas al celular del referido, el 1 y 5 del indicado mes y año, a las 8:49 y 11:46 respectivamente, el accionante no se apersonó a su fuente de trabajo; y, su cargo e ítem estaría siendo ocupado por otro, desde el 8 de octubre de 2021; concluyendo, que el prenombrado, quedó destituido de su puesto, por la no asistencia a su fuente laboral, por tres días continuos y ya no es más funcionaria de dicha institución; de lo cual, cursa fotografía impresa de la pantalla de un celular, con el detalle de contacto “David Cruz (…) 78735660 (…) 5 de octubre de 2021 11:46, Llamada saliente (…) 1 de octubre de 2021 8:49, Llamada saliente” (sic [fs. 75 a 76; y, 77]).