SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1216/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1216/2022-S4

Fecha: 19-Sep-2022

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memoriales presentados el 14 de octubre de 2021, cursante de fs. 73 a 80 vta., y de subsanación de 22 del mismo mes y año (fs. 86), los accionantes, manifestaron los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 25 de septiembre de 2021, aproximadamente a las 09:30, las demandadas procedieron a desalojarles del inmueble que era de propiedad de Natty Bejarano Mareño (su fallecida madre y abuela de los accionantes), de forma iracunda, con extrema violencia física, desplazando conductas incivilizadas e irracionales, tumbaron la puerta de ingreso, arrojaron sus objetos de valor al patio, logrando entrar al cuarto de depósito e instalarse en el mismo, prohibiéndoles el ingreso a su domicilio.

Por Sentencia de 28 de agosto de 2015, su madre fue declarada interdicta por problemas de salud y se designó tutor a Edgar Robert Claros Durán; sin embargo, apelada que fue tal determinación, por Resolución de 10 de agosto de 2016, se dispensó la tutela de su sobrino, designando a Germán Roberto Claros Bejarano, como nuevo y absoluto tutor de su madre.

Posteriormente, a través de Auto de Vista de 18 de octubre de 2017, la Sala de Familia Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dispuso mantener como tutor a Germán Roberto claros Bejarano, quien el 10 de agosto de 2016, se trasladó de forma definitiva al inmueble de su mamá, ubicado en Calle Hernando Soto 1577, zona Villa Galindo, con la finalidad de cuidar personalmente de ella y cumplir no solo con la obligación asignada judicialmente, sino con el deber de hijo. El 6 de abril de 2019, falleció su madre, por un infarto agudo de miocardio.

Ambos demostraron la posesión del bien inmueble, ejercida de forma civilizada y pacífica, desde hace mucho tiempo atrás al deceso de su madre y abuela; sin embargo, Ana Liszbeth Claros Bejarano, incumpliendo las medidas de protección y cautelares impuestas en un proceso penal seguido por violencia intrafamiliar, comenzó a propinarle golpes de puño y palma en su cabeza, espalda y cuerpo, tildándole de “viejo, cochino, pedófilo, hediondo, asesino” y gritando que debía salir de su casa, sino saldría muerto; así, junto a sus hijas le golpearon en la espalda, nuca, torax; por lo que, tuvo que pedir auxilio a su hermano Hugo Reynaldo Claros Bejarano, quien filmó con su celular todos los hechos relatados y fue en la tarde que Robert Edgar Claros Durán se percató de los destrozos realizados por las demandadas; a partir de entonces, decidieron permanecer y resistir durante dos días todos los ataques físicos y psicológicos; toda vez que, fueron asediados y agredidos con insultos y amenazas.

El 27 de septiembre de 2021, aproximadamente a las 17:00, cuando se disponían a ingresar a su domicilio, luego de realizar sus actividades laborales, advirtieron que la puerta de ingreso se encontraba con cadena y candado, trancados por dentro, viéndose impedidos de ingresar y privados de su vivienda.

Esas conductas arbitrarias e ilegales son consideradas actos y hechos violentos, provocando que no tengan donde vivir, y obligándoles a alojarse provisionalmente en la sala del departamento de una amistad suya.

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

Los accionantes, señalaron como lesionado su derecho a la vivienda, citando al efecto los arts. 19.I y 25 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicitaron se conceda la tutela impetrada, disponiendo que: a) Se determine expresamente que las demandadas incurrieron en desalojo extra judicial de su propiedad, a través de actos o vías de hecho, perturbando su posesión y derecho a la vivienda; b) Se ordene la restitución inmediata de la posesión a su inmueble; así como, de todos sus bienes; c) Se ordene la desocupación del inmueble, bajo advertencia de librarse mandamiento de desapoderamiento; y, d) La expresa condenación en costas y resarcimiento del daño civil.

I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional

Celebrada la audiencia virtual, el 5 de noviembre de 2021, según consta en el acta cursante de fs. 140 a 141, en presentes de la parte accionante y las demandadas asistidas por sus abogados; se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción