SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1118/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1118/2022-S4

Fecha: 05-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Consta Contrato de Trabajo RE-10-RHU-005 por un periodo de prueba de 89 días, por el que, Gonzalo Vicente Ruíz Ostría, Representante Legal de la Universidad Privada del Valle Sociedad Anónima (UNIVALLE S.A.), contrató los Servicios de Edith Zambrana Martínez –hoy accionante– del 3 de febrero al 1 de mayo de 2020, en el cargo de Coordinadora de Pedagogía (fs. 5 y vta.).

II.2.    Mediante Contrato de Trabajo a plazo fijo RE-10-RHU-003, Gonzalo Vicente Ruíz Ostría, Representante Legal de la Universidad Privada del Valle Sociedad Anónima (UNIVALLE S.A.), contrató los Servicios de Edith Zambrana Martínez –hoy accionante– del 2 de mayo de 2020 al 1 de mayo de 2021, en el cargo de Coordinadora de Pedagogía (fs. 6 y vta.).

II.3.    Cursa Única Citación de 11 de mayo de 2021; por el cual, el Inspector de la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, citó por única vez a la parte demandada, a la audiencia de reincorporación el 24 de mayo de igual año, a objeto de responder a la denuncia incoada (fs. 60).

II.4.    Mediante Conminatoria MTEPS-JDT CO- NTLF- 151/2021 de 15 de julio, la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, conminó a Gonzalo Vicente Ruíz Ostría, Representante Legal de la Universidad Privada del Valle (UNIVALLE S.A.), restituir a Edith Zambrana Martínez, al último cargo en el que venía desempeñando sus funciones más el pago de salarios devengados, como si no hubiese dejado de trabajar ni un solo día, así como se le restituya cuanto antes el seguro a corto y largo plazo, prohibiéndose toda clase de acoso laboral y discriminación en contra de la trabajadora y demás derechos sociales que le corresponda a la fecha de su reincorporación, sea en el plazo máximo de tres días hábiles a partir de su notificación con dicha conminatoria (fs. 51 a 55 vta.).

II.5.    Por Informe J.D.T. CBBA-NTLF-VR-016/2021 de 29 de julio, el Inspector de Trabajo de la citada Jefatura, refirió que al haberse constituido en dependencias de UNIVALLE S.A. del departamento de Cochabamba, Carol Chávez Ortíz, Jefa de RR.HH. de dicha empresa, le indicó que no reincorporaron a la accionante y no dieron cumplimiento a la Conminatoria MTEPS-JDT CO NTLF-151/2021 (fs. 17).