SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2022-S1

Fecha: 05-Sep-2022

II. CONCLUSION

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Del acta de audiencia de consideración de la presente acción se extrae que Arnold John Campos Atanacio, Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de Oruro demandado- manifestó lo siguiente: “… no es evidente que había retraso de 15 minutos si no de una hora (…) no es evidente como dice la parte accionante que no hemos alegado ningún norma legal que habilite la determinación que hemos asumido el párrafo II segundo del art. 314 del código de procedimiento penal es explicito dice cuando las partes que formularon el incidente o la excepción no concurran a la audiencia dispuesta por la autoridad se va a rechazar la postulación (…) ingresa a la audiencia y pide que se module esta determinación. Lo hace a través de un recurso de reposición, pero el Recurso de Reposición y se lo ha explicado así en audiencia de acuerdo al art.403 tiene la finalidad de hacer advertir al juzgador el error en el que ha incurrido (…) no advirtiendo ningún tipo de error en esa determinación dispusimos la prosecución del actuado rechazamos evidentemente el recurso y sostuvimos la decisión asumida…” (sic [fs.16 y vta.]).