SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1175/2022-S3
Fecha: 12-Sep-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve REVOCAR en parte la Resolución 021/2021 de 24 de julio, cursante de fs. 58 a 63, pronunciada por el Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Caranavi del departamento de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, únicamente respecto a la inobservancia del principio de celeridad vinculado con el derecho a la libertad de la accionante, por la dilación en la remisión del recurso de apelación incidental al Tribunal de alzada; disponiendo que la Jueza accionada en el plazo de veinticuatro horas efectivice la remisión, siempre y cuando hasta la fecha de emisión de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, no se hubiere cumplido ya con ese acto procesal; y,
2° DENEGAR la tutela solicitada, respecto a la infracción del derecho a la salud vinculado a la vida, así como sobre la reclamación de indebido proceso por falta de entrega de copias a los abogados de la impetrante de tutela de todo el cuaderno procesal y la resolución que dispuso su detención preventiva, en función a los fundamentos expuestos en este fallo constitucional, no correspondiendo en consecuencia al efecto otorgar la condenación de daños solicitada, conforme se tiene explicado.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO