SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1207/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1207/2022-S3

Fecha: 15-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante Sentencia 25/2020 de 30 de noviembre, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró probada la pretensión principal contenida en la demanda interpuesta por la Empresa Unipersonal “CAFESUR” representada por Félix Zenteno Fernández -hoy accionante- disponiendo que la CNS Regional Oruro -entidad tercera interesada-, pague en favor del accionante la suma de Bs338 809,71.- en el término de tres días de ejecutoriada la Resolución, sin lugar a los daños y perjuicios ni costas (fs. 23 a 38 vta.)         

II.2.  Mediante memorial presentado el 12 de febrero de 2021, el impetrante de tutela interpuso recurso de casación “…en el fondo de forma parcial…” (sic) impugnado la Sentencia 25/2020 (fs. 39 a 45), es así que José Antonio Revilla Fernández y Esteban Miranda Terán, Magistrados de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia -ahora accionados-, emitieron el AS 155 de 19 de marzo de 2021, por el que declararon admisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la entidad tercera interesada, y admisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el peticionante de tutela, bajo los principios de informalismo y pro actione, notificando al nombrado con dicho Auto Supremo el 20 de abril del referido año (fs. 50 a 53); siendo resueltos por AS 405 de 31 de agosto de 2021, que declaró infundados ambos recursos (fs. 54 a 59).