SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1229/2022-S2
Fecha: 26-Sep-2022
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Informe de la Comisión de Presídium XXI Congreso Ordinario de la FEJUVE El Alto 001/2021 de 18 de abril, se informó que habiéndose instaurado el Vigesimoprimer Congreso de la Federación aludida, se eligió democráticamente a la Directiva habiéndose designado a Daniel Tenorio Beltrán -ahora accionante- como Presidente de la prenombrada Federación (fs. 36 a 59).
II.2. Cursa acta de posesión de 18 de abril de 2021, por el cual se posesionó a la nueva Directiva de la FEJUVE El Alto, que fue electo democráticamente con base a sus Estatutos y Reglamentos en el XXI Congreso Ordinario con la participación de catorce distritos de El Alto:
Presidente Daniel Tenorio Beltrán
Primer Vicepresidente Ramón Quispe Chura
Segundo Vicepresidente Guilberto Quispe Chipana
Secretario General Pedro Aruquipa Kasa (fs. 33 a 34)
II.3. Por Reconocimiento de CONALJUVE Bolivia 003/2021 de 30 de abril, se reconoció a la: “…FEDERACIÓN DE JUNTAS VECINALES DE EL ALTO, FEJUVE EL ALTO, Al Sr. DANIEL TENORIO BELTRÁN, Presidente Ejecutivo y a su Comité Ejecutivo de la FEJUVE EL ALTO, Tribunal de Honor, a sus ejecutivos de los 14 distritos y Juntas Vecinales de la ciudad de El Alto” (sic [fs. 32]).
II.4. Mediante nota presentada el 20 de octubre de 2021, por Ramón Quispe Chura, Primer Vicepresidente, Guilberto Quispe Chipana, Segundo Vicepresidente y Pedro Aruquipa Kasa, Secretario General, todos de la FEJUVE El Alto se hizo conocer a Edgar Condori Condori, Presidente del Tribunal de Honor de la citada Federación, hoy demandados las actitudes negativas que estaba realizando el impetrante de tutela a efecto que responda ante el Tribunal de Honor (fs. 138 a 139).
II.5. Cursa nota emitida por: Edgar Condori Condori, Presidente, Rogelio Maidana Apaza, Primer Vocal; y, Samuel Ureña Ugalde Segundo Vocal todos del Tribunal de Honor de la FEJUVE El Alto -ahora demandados- al accionante, por lo cual se procedió a notificarlo para que en el plazo de setenta y dos horas presente su descargo sobre los trece puntos observados por el Ejecutivo de dicha Federación, constando cargo de recepción de 21 de octubre de 2021 (fs. 140).
II.6. A través de nota de 24 de octubre de 2021, el Tribunal de Honor de la FEJUVE El Alto, hizo conocer al Presidente de dicha instancia nuevos actos ilegales cometidos por el demandante de tutela (fs. 141 a 142), denuncia puesta a conocimiento del aludido por nota de 25 de igual mes y año otorgándole el plazo de cuarenta y ocho horas para que se presente en instalaciones del Tribunal de Honor a objeto de aclarar dichos aspectos (fs. 148).
II.7. Por nota de 29 de octubre de 2021, el Tribunal de Honor de la FEJUVE El Alto, notifico por tercera vez al impetrante de tutela para que dentro del término de cuarenta y ocho horas responda a los cinco puntos cuestionados (fs. 149).
II.8. Mediante Resolución CITE: FEJUVE/TH/CAT/RESOLUCIÓN 005/“2019” de 3 de noviembre de 2021, el Tribunal de Honor de la FEJUVE El Alto, dispuso la suspensión definitiva del cargo de Presidente de la indicada Federación por incapaz, deslealtad, “incumplimiento pisotear el estatuto orgánico” (sic), desacato laboral y divisionismo y traición ideológica a los principios de su ente matriz, fallo con el que fue notificado el 4 de idéntico mes y año (fs. 29 a 31).