SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2023-S3

Fecha: 24-Ene-2023

II.   CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Memorando 26li/2021 de “marzo”, emitido por la entonces Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, mediante el cual Benito Torrico Avalos -hoy accionante- fue designado en el cargo de Asistente “A” con el ítem 682, dependiente del Departamento de Seguridad y Redes perteneciente a la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas (fs. 13); asimismo, se tiene que en “abril” de 2021, fue asignado a la Secretaría Municipal de Juventud, Cultura, Turismo y Deporte; ambos de la referida entidad municipal (fs. 14).

II.2. Mediante Memorando 004re/2021 de “mayo”, Max Jhonny Fernández Saucedo, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra -ahora accionado-, hizo conocer al accionante que dio por concluida la actividad laboral que desempeñaba como Sub Alcalde del Distrito 1, perteneciente a la Secretaría Municipal de Gestión y Coordinación Institucional de la referida entidad municipal, constando en dicho documento lo siguiente: “…Benito Torrico Avalos (…) se reúsa a Firmar. Notificando Ante testigo…” (sic [fs. 15]).

II.3. A través de la Conminatoria de Reincorporación Laboral - por Estabilidad Laboral JDTSC/JCCHS-CONM. 087/2021 de 15 de julio, el Jefe Departamental de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, conminó al Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra que proceda a la inmediata reincorporación del accionante al mismo puesto que ocupaba, reponiendo sueldos devengados, manteniendo su antigüedad y demás derechos que le correspondan por ley; a partir de su notificación (fs. 24 a 26 vta.), efectuándose ese acto procesal a las partes el 4 de agosto de 2021 (fs. 27 a 28).

II.4. Consta Informe Memorando JDTSC/I/VER. REINC./ LAB. 120/2021 de 9 de septiembre, dirigido al Jefe Departamental de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por la cual el Inspector de la citada Jefatura Departamental, señaló que el Alcalde ahora accionado no dio cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación Laboral - por Estabilidad Laboral JDTSC/JCCHS-CONM. 087/2021 (fs. 30).

II.5. Mediante RA JDTSC/JCCHS/R.R. 124/21 de 15 de septiembre, el Jefe Departamental de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, confirmó la Conminatoria de Reincorporación Laboral - por Estabilidad Laboral JDTSC/JCCHS-CONM. 087/2021 en favor del accionante (fs. 43 a 44 vta.).