SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1166/2023-S1
Fecha: 18-Oct-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Memorándum 23/2022 de 24 de enero, emitido por José Luis Abrego Serruto, Ejecutivo Regional del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco del departamento de Tarija, mediante el cual agradeció los servicios de Wady Daza Ayllón (fs. 11).
II.2. Corre Conminatoria de Reincorporación JRTY/AESR - 002/2022 de 17 de febrero, emitida por Elvis Ronald Yujra Cazana, Jefe Regional del Trabajo de Yacuiba del departamento de Tarija, mediante la cual, se dejó sin efecto Memorándum 23/2022, pronunciado por José Luis Abrego Serruto, Ejecutivo Regional del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco del citado departamento, para que proceda a la reincorporación laboral de Wady Daza Ayllón en el plazo de tres días hábiles, al mismo cargo y nivel salarial que gozaba antes de la emisión del Memorándum 23/2022, debiendo cancelar los sueldos devengados y demás derechos sociales que corresponda a la fecha de la reincorporación por ser de plena responsabilidad del establecimiento laboral; asimismo, aclara que pese a existir medios de impugnación, el carácter de dicha resolución administrativa es obligatoria a partir de su legal notificación (fs. 12 a 13).
II.3. José Luis Abrego Serruto, Ejecutivo Regional del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco del departamento de Tarija, interpuso recurso de revocatoria contra la Conminatoria de Reincorporación JRTY/AESR - 002/2022; solicitando la revocatoria de la misma y que se decline competencia ante el Juez natural en materia laboral (fs. 52 a 54).
II.4. Consta RA MTEPS/JRTY/ 011/2021 de 24 de marzo, emitida por la Jefatura Regional del Trabajo de Yacuiba del departamento de Tarija; por la cual, se rechazó el recurso de revocatoria interpuesto por el Ejecutivo Regional del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco del citado departamento; y en consecuencia, se confirmó la Conminatoria de Reincorporación JRTY/AESR - 002/2022 (fs. 55 a 57).
II.5. José Luis Abrego Serruto, Ejecutivo Regional del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco del departamento de Tarija, interpuso recurso jerárquico en contra de la RA MTEPS/JRTY/ 011/2021, emitida por la Jefatura Regional del Trabajo Yacuiba del citado departamento, solicitando se revoque la resolución impugnada; aparte de ello solicitó la suspensión de la Conminatoria de Reincorporación JRTY/AESR - 002/2022, mientras se conozca y resuelva el recurso jerárquico presentado de su parte (fs. 58 a 65).