SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2023-S2
Fecha: 23-Oct-2023
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 3 de marzo de 2022, cursante de fs. 3 a 5, el accionante expuso que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se encuentra detenido de forma preventiva por la presunta comisión del delito de violencia sexual comercial previsto y sancionado por el art. 322 del Código Penal (CP), a raíz de la determinación establecida en el Auto Interlocutorio de 9 de febrero de 2022, dictado por el Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de Potosí, decisión que recurrió en apelación, y que en audiencia de 21 de febrero del mismo año, a través del Auto de Vista 52 de igual fecha, concluyó con la declaratoria de improcedencia, hecho que vulneró sus derechos y garantías constitucionales afectando de manera directa su libertad personal.
El indicado Auto de Vista no consideró los agravios planteados; el primero, referido al valor probatorio de las conversaciones de WhatsApp y Messenger, redes sociales que no eran determinantes ni conducentes para acreditar el verbo rector del tipo penal “pagare”; y el segundo, sobre el peligro efectivo para la víctima, que se fundamentó en la cita de sentencias constitucionales, las cuales no eran vinculantes a su caso.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Denunció la lesión de sus derechos a la libertad, a la legalidad penal y presunción de inocencia, citando al efecto los arts. 116 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela “…Revocando la resolución de alzada de fecha 21 de febrero de 2022, por las suficientes razones de hecho y derecho expuestas en la audiencia” (sic).
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia pública el 16 de febrero de 2022, según consta en acta cursante de fs. 101 a 106, se produjeron los siguientes actuados:
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- El accionante a través de su abogado ratificó los términos expuestos en su memorial de demanda tutelar, y ampliándolos manifestó que: a) La Vocal demandada no fundamentó, argumentó ni motivó debidamente su fallo, al no considerar que la prueba fue es