SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2023-S4

Fecha: 16-Oct-2023

II. CONCLUSIONES

Realizada la revisión y compulsa de los antecedentes, que cursan en obrados se estableció lo siguiente:

II.1.  Cursa Resolución de Acusación 28/2023 de 23 de mayo, emitida dentro del proceso penal seguido en contra de Coral Patricia Oporto Carvajal, por la presunta comisión del delito de tráfico, presentada ante el Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz (fs. 14 a 22 vta.).

II.2.  A través de memorial presentado el 26 de mayo de 2023, ante el Juez Quinto de Instrucción Penal de El Alto del departamento de La Paz, Virginia Villca Chambi –coaccionante-, promovió incidente sobre la calidad de bienes y consiguiente devolución, solicitando se revoque la disposición de incautación del bien inmueble en el que presuntamente se configuró el ilícito descrito supra, ordenando la cancelación de la anotación preventiva efectuada por DD.RR. Reales y se disponga a la Dirección de Registro, Control y Administración de bienes incautados (DIRCABI) la devolución del mismo (fs. 25 a 28 vta.).

II.3.  Mediante Auto Interlocutorio 277/2023 de 5 de junio, el Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz, resolvió el incidente de calidad de bienes planteado por la parte accionante, declarándolo fundado; y disponiendo en consecuencia, la revocatoria de la confiscación dispuesta por Resolución 185/2023 de 6 de abril, específicamente del bien inmueble ubicado en la Av. Ojos el Salado, zona Chijimarca del Distrito 8 de la ciudad de El Alto (fs. 29 a 32).

II.4.  Consta por Auto de Vista 308/2023 de 19 de julio, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró la inadmisibilidad del recurso de apelación planteado por el Ministerio Público en contra de la Auto Interlocutorio 277/2023; consecuentemente, confirmó la misma (fs. 33 a 34 vta.).

II.5.  Cursan memoriales presentados el 18 de agosto de 2023, ante el Juez de Sentencia Penal Octavo de El Alto del departamento de La Paz; por los que, Virginia Villca Chambi –coaccionante-, solicitó la ejecutoria del Auto Interlocutorio 277/2023 y se extienda los testimonios que permitan la cancelación de la incautación impuesta en su propiedad (fs. 42 a 43).

II.6.  A través de memoriales presentados el 25 de agosto de 2023, la coaccionante interpuso recurso de reposición en contra de los decretos emitidos el 21 del mismo mes y año, en los cuales se dispuso en relación a lo solicitado supra, “no siendo parte del proceso, no ha lugar debiendo estarse a los datos del proceso” (sic) (fs. 45 a 48).

II.7.  Por Autos de 28 de agosto de 2023, el Juez de Sentencia Penal Octavo de El Alto del departamento de La Paz, rechazo los recursos de reposición planteados por la coaccionante, manteniendo los proveídos citados supra, señalando que “al no ser sujeto procesal que esté contemplado en la acusación del Ministerio Público como en el auto de apertura de juicio oral” (sic) (fs. 65 y 67).

II.8.  Mediante memorial de agosto de 2023 (no indica fecha de presentación), dirigido al Juez de Sentencia Penal Octavo de El Alto del departamento de La Paz, la parte impetrante solicitante de tutela impetró copias simples y legalizadas de todo el cuaderno de control jurisdiccional del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de Coral Patricia Oporto Carvajal; de tal forma que, por providencia de 31 de agosto la autoridad judicial señalada, ordenó por secretaría se extiendan la fotocopias impetradas (fs. 50 y vta. y 69).