SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2023-S1

Fecha: 15-Feb-2023

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante denunció la lesión de su derecho a la salud, por cuanto la autoridad judicial demandada incurrió en una indebida dilación en la tramitación de la acción de amparo constitucional interpuesta, declinando competencia a través del Auto 27/2020 de 19 de febrero, pese a que el Tribunal Constitucional Plurinacional devolvió el expediente ordenando se realice la tramitación de su acción de defensa; empero, hasta la fecha no existe pronunciamiento por parte de dicha autoridad, omisión que le causa incertidumbre agravando su situación de salud. 

En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos denunciados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada, desarrollando para ello los siguientes temas: i) Naturaleza jurídica de la acción de libertad; y, ii) Análisis del caso concreto. 

III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad

Sobre esta temática corresponde previamente remitirnos a lo establecido en los arts. 22 y 23 de la Constitución Política del Estado, que al respecto refieren:

Artículo 22. La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado

Artículo 23.