SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2023-S4
Fecha: 16-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la recisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. El 23 de julio de 2021, el Juez de Instrucción Penal Quinto en suplencia legal de su similar Segundo del departamento de La Paz, dispuso la detención preventiva de “Sergio” David Sánchez Camacho, por el plazo de noventa días a cumplirse en el Centro Penitenciario de Qalahuma de La Paz, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas (fs. 15 a 17 vta.).
II.2. Cursa Resolución 541/2021 de 13 de octubre, pronunciada por Claudia Marcela Castro Dorado, Vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del recurso de apelación incidental planteada por José David Sánchez Camacho –ahora accionante– contra el Auto Interlocutorio 313/2021 de 20 de septiembre, habiéndose declarado improcedente en parte el indicado recurso y revoca en parte el referido Auto Interlocutorio, únicamente en lo que significaría considerar como no concurrente el art. 234.1 en la vertiente de actividad lícita y en consecuencia la no concurrencia del art. 234.2 en mérito haberse demostrado la existencia de arraigo natural y social, como riesgos de fuga, confirmando los fundamentos que mantienen subsistente los riesgos contenidos en los arts. 234.7 y 235.2 del CPP modificado por la Ley de –Ley 1173 de 3 de mayo de 2019– Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescente y Mujeres (fs. 54 a 55 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El accionante alega la lesión del debido proceso en sus vertientes debida fundamentación, congruencia y motivación de la resolución; toda vez que, la Vocal ahora demandada a momento de emitir la Resolución 541/2021, declaró improcedente en parte el r