SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2023-S2
Fecha: 03-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta memorial de 1 de noviembre de 2021, presentado por Harold García Pérez -impetrante de tutela- ante el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata del departamento de Oruro, solicitando control jurisdiccional, reclamando la vulneración de su derecho a la defensa al no poder contar con fotocopias del cuaderno de investigación (fs. 3).
II.2. Por memorial de 8 de noviembre de 2021, el accionante, impetró al Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata del departamento de Oruro, control jurisdiccional sobre una presunta orden de aprehensión en su contra emitida por Edgar Poma Vallejos, Fiscal de Materia asignado a su caso -ahora demandado- y la negativa del ente fiscal de otorgarle fotocopias del cuaderno de investigación para poder asumir su defensa (fs. 4 y vta.).
II.3. Cursa respuesta del Juez de la causa, mediante proveído de 9 de noviembre de 2021, disponiendo que el Fiscal de Materia -ahora demandado- informe sobre las quejas presentadas en el plazo de veinticuatro horas (fs. 5).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- De la misma manera, la SC 0008/2010-R de 6 de abril, concluyó que: ‘El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, es el medio idóneo y eficaz para conocer y restituir cualquier tipo de lesión o vulneración que pueda atentar al derecho a la v