SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2023-S4
Fecha: 22-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido contra Juan Noa Quispe –ahora accionante– por la presunta comisión de ilícito de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación, solicitó la cesación de la detención preventiva ante el Juez de Sentencia Penal Décimo Segundo del departamento de La Paz, quién rechazó dicha petición mediante Auto Interlocutorio 125/2021 de 11 de marzo (fs. 37 a 39 vta.).
II.2. Consta Auto de Vista 127/2021 de 30 de marzo, pronunciada por César Wenceslao Portocarrero Cuevas, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz –hoy demandado– en el que declara admisible el recurso de apelación interpuesto por el impetrante de tutela, e improcedente las cuestiones planteadas y se confirmó el Auto Interlocutorio 125/2021 impugnado (fs. 41 a 42 vta.).
II.3. Se tiene copia simple de la Resolución 97/2021 de 8 de mayo, pronunciado dentro de una acción de libertad, que fue resuelta por Román Castro Quisbert, Juez de Instrucción Penal Primero del departamento de La Paz constituido en Juez de garantías en el que se concedió la tutela solicitada y se dispuso dejar sin efecto el Auto de Vista 127/2021 emitido por el Vocal demandado, se emita uno nuevo (fs. 1 a 7).