SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2023-S4

Fecha: 28-Mar-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta documento de compromiso de venta de bien inmueble de 23 de diciembre de 2017, suscrito entre María Mercedes Uría Sossa de Pérez, –ahora tercera interesada–, como vendedora; y, Alberto Pérez Ramos y Verónica Vásquez Cabello, como compradores (fs. 68 a 69).

II.2.  A través de la Transferencia de Aportaciones Telefónicas de 19 de febrero de 2018, María Mercedes Uría Sossa de Pérez, hoy tercera interesada, solicitó se disponga la transferencia del registro de aportación de la línea telefónica 62-43452, a Alberto Pérez Ramos –ahora accionante– (fs. 7).

II.3.  Cursa Sentencia 44/2021 de 11 de junio, pronunciado por el Juez Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Potosí, declarando probada la demandada de Resolución de contrato de compromiso de venta, disponiendo que Alberto Pérez Ramos y Verónica Vásquez Cabello, restituya el inmueble de calle F final s/n, Zona San Clemente del referido departamento, así como la línea telefónica, en el plazo de treinta días de haberse ejecutoriado la referida Sentencia, complementada por el Auto de 24 del mismo mes y año (fs. 76 a 85).

II.4.  Por Auto de Vista 01/2022 de 13 de enero, la Sala Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, anuló la Sentencia 44/2021 de 11 de junio, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Segundo del citado departamento, disponiendo que el Juez a quo sin espera de turno y en plazo de tres días proceda a emitir una nueva sentencia que cumpla con los elementos del debido proceso, particularmente en lo que refiere a la fundamentación, motivación y valoración razonable de la prueba (fs. 96 a 99).

II.5.  Mediante notas presentadas el 21 y 28, ambas de enero de 2022, el impetrante de tutela peticionó a Oscar Maldonado Sempertegui, Presidente del Consejo de Administración de COTAP R.L. –hoy demandado–, fotocopias simples de la Resolución de cambio de nombre de la línea telefónica 62-43452 y certificación (fs. 22 a 25).

II.6.  Según memorial presentado por la tercera interesada ante el Comité de Administración y vigilancia de COPTAP R.L. de 12 de noviembre de 2021, poniendo a conocimiento de haber iniciado un proceso de resolución de contrato de compromiso de venta, y que según Sentencia se dispuso que el accionante devuelva todo lo referente a dicho compromiso de venta entre ello la Línea telefónica 64-43452 (fs. 66).

II.7.  Cursan facturas de pago por servicio de telecomunicaciones locales a nombre de Alberto Ramos Pérez, desde febrero de 2018 a noviembre de 2021 (fs. 10 a 19); asimismo, constan facturas por pago de servicios de telecomunicaciones locales a nombre de María Mercedes Uría Sossa de Pérez, correspondientes a los meses de diciembre de 2021 y enero de 2022 (fs. 20 a 21).