SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2023-S1
Fecha: 17-Abr-2023
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 15 de octubre de 2021, cursante de fs. 22 a 25, el accionante expresó los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Señaló que fue objeto de un proceso penal por la supuesta comisión del delito de uso de instrumento falsificado; en el cual, mediante Resolución 08/2009 de 19 de febrero, se lo declaró autor del delito de uso de instrumento falsificado "Escritura Pública 1526" imponiéndole en consecuencia una pena de cinco años de privación de libertad, cuando su persona jamás intervino en dicha escritura, determinación que fue confirmada en apelación y casación.
Ocurrió que el 2017, su persona fue demandado civilmente por Luis Fernando Velasco Eulert, por la nulidad de contrato, minuta, matriz protocolar y registro en Derechos Reales, pero extrañamente se cambió el número de la Escritura Pública por la "1523", adulterando la Sentencia Penal señalada anteriormente, introduciéndose una anotación preventiva a Derechos Reales de esta nueva escritura, misma que recaía sobre un bien de su propiedad, radicándose dicha demanda en el Juzgado Público Civil y Comercial Decimonoveno de la Capital del departamento de La Paz.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- Ante la renuncia del Juez titular que dispuso la señalada anotación preventiva, la Jueza en suplencia legal, en audiencia preliminar, "...verificó que las pruebas documentales presentadas por el demandante corresponden a la ESCRITURA PÚBLICA N° 1526/