SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2023-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2023-S3

Fecha: 03-May-2023

II.CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.    A través de Resolución de Rechazo de 20 de septiembre de 2021, José Luis Quispe Salinas, Fiscal de Materia, determinó rechazar la denuncia interpuesta por María del Carmen Dávalos -ahora accionante- en contra de Aleyza Pamela Herrera Carvajal -identificada como tercera interesada-, por la presunta comisión del delito de amenazas, previsto en el art. 293 del Código Penal (CP), por no tener los suficientes elementos de prueba para sindicar a la denunciada (fs. 25 a 28).

II.2.    La ahora accionante, mediante memorial de 27 de septiembre de 2021 -se asume, fue presentado en la misma fecha-, planteó objeción al rechazo de su denuncia descrito en la Conclusión anterior, habiendo merecido decreto de la misma fecha, emitido por el Fiscal de Materia encargado de la investigación, teniéndola presentada, ordenando sea remitido al Fiscal Departamental para que emita la Resolución Jerárquica, conforme a procedimiento (fs. 33 a 36 y 31).

II.3.    Marco Renato Peñaranda Orias, Fiscal Departamental de Pando -ahora accionado- por Resolución Jerárquica FDP-MRPO 166/2021 de 11 de octubre, confirmó la decisión revisada, con el fundamento que de momento la investigación no aportó elementos suficientes para fundar una imputación formal y/o acusación, disponiéndose, en consecuencia, la conclusión del proceso y el archivo de obrados, previa notificación de las partes y la comunicación de dicha Resolución al Juez de Instrucción Penal que lleva el control jurisdiccional. Decisión que fue notificada a la ahora impetrante de tutela a través de formulario de notificaciones del portal electrónico de la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de la Información y Comunicación (AGETIC), el 14 de octubre de 2021 (fs. 39 a 45).