SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2023-S3
Fecha: 30-May-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 10/2022 de 15 enero, cursante de fs. 24 a 28 vta., pronunciada por el Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1º DENEGAR en todo la tutela solicitada, conforme a lo expuesto en esta Sentencia Constitucional Plurinacional, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática jurídica planteada, por lo alegado en este fallo constitucional.
CORRESPONDE A LA SCP 0506/2023-S3 (viene de la pág. 10).
a) Llamar severamente la atención a Román Castro Quisbert, Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por su actuación irregular en la tramitación de la presente acción tutelar, conforme a lo expuesto en el presente fallo constitucional.
b) Exhortar al Juez de garantías, a que en futuras actuaciones, considere las restricciones establecidas para la justicia constitucional a tiempo de asumir decisiones que únicamente competen a las autoridades de la jurisdicción ordinaria.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. La justicia constitucional se ejerce por el Tribunal Constitucional Plurinacional. | IV. El Consejo de la Magistratura es parte del Órgano Judicial”.
- II. La jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena originario campesina gozarán de igual jerarquía.
- POR TANTO