SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2023-S4

Fecha: 12-Jun-2023

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 3 de marzo de 2022, cursante de fs. 1; y, 5 a 7 vta., los accionantes, manifestaron lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra a instancia del Ministerio Público por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP); y celebrada la audiencia de medidas cautelares, la Jueza ahora demandada dispuso la detención preventiva de los impetrantes de tutela en el Centro Penitenciario San Pablo de Quillacollo de Cochabamba; ante tal determinación y a la finalización de dicha audiencia, de manera oral su defensa técnica interpuso recurso de apelación incidental contra el Auto de 25 de febrero de 2022, solicitando la remisión de antecedentes a la Sala Penal correspondiente; siendo que, hasta la fecha de presentación de esta acción de defensa –3 de marzo de 2022–, no se elaboró el acta de audiencia de medidas cautelares y menos se remitió antecedentes por efectos de la apelación al tribunal de alzada en el plazo de veinticuatro horas como establece el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

Los accionantes a través de su representante sin mandato denunciaron la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa, al acceso a una justicia pronta y sin dilaciones; citando al efecto los arts. 23.I; 115.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se ordene: a) La emisión del acta correspondiente a la audiencia de apelación de medidas cautelares, como demás decretos y resoluciones correspondientes; y, b) La remisión de actuados al Tribunal de alzada a efectos de que se resuelva la apelación planteada por los imputados.

I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías

Celebrada la audiencia virtual el 4 de marzo de 2022, conforme consta en el acta cursante a fs. 53 y vta., presente la parte impetrante de tutela a través de su representante sin mandato y el representante del Ministerio Público en calidad de tercero interesado; ausente la autoridad demandada, se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte solicitante de tutela a través de su abogado, en audiencia se ratificó en el contenido íntegro de su memorial de demanda de acción de libertad.

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Kely Tania Alcázar Alcocer, Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, de Partido de Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primera de Tapacarí del departamento de Cochabamba, no se hizo presente a la audiencia de consideración de esta acción tutelar ni remitió informe escrito alguno, pese a su legal notificación cursante a fs. 9.

I.2.3. Intervención del Ministerio Público

El representante del Ministerio Público en su intervención en audiencia refirió que el Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, de Partido de Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primera de Tapacarí del departamento de Cochabamba no se encuentra en ciudad capital, más al contrario se encuentra ubicado en un lugar donde debido a las lluvias, la intensidad de los ríos y caudales impiden el libre tránsito; razón por la cual, “supone” que el Secretario del referido Juzgado no efectivizó dicha remisión.

I.2.3. Resolución