SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0637/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2023-S1

Fecha: 14-Jun-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:

II.1. Mediante Memorial presentado el 13 de enero  de 2022, la Abogada de Defensa Pública Luz Jeanette Mamani Torrez solicitó al Juzgado de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, en el Otrosí 1, salida médica para el servicio de oftalmología de la zona de Miraflores para el 19 de enero de 2022 a horas 07:30, asimismo se oficie al Director del Centro Penitenciario San Pedro La Paz, en un Otrosí 2, reiteró solicitud para empozo al consejo de la Magistratura, siendo requisito para la emisión del mandamiento de libertad. (fs.6 y vta.). 

II.2. Por Memorándum 311/2022/P. TDJ de 26 de enero de 2022, el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, designó a Ariel Guillermo Cuevas Massi, Secretario del Juzgado de Sentencia Penal Segundo de la Capital del citado departamento, en suplencia legal, de Secretario del Juzgado de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia hacia a la Mujer Primero de la Capital del referido departamento, a consecuencia de la renuncia de Víctor Alfonso Mamani Argandoña quien se encontraba en suplencia del precitado juzgado (fs.13).

II.3.  El 1 de febrero de 2022 Richard Paucara Casas, solicitó salida médica para el 9 de febrero del citado año a horas 07:30 hasta la conclusión de la consulta en el centro de Oftalmología Nacional ubicado en la zona de Miraflores de la ciudad de la Paz, asimismo Oficio al Director del Centro Penitenciario San Pedro del mencionado departamento, en el Otrosí 2, reiteró que por Secretaria del Juzgado de Sentencia anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de la Capital del señalado departamento, disponer y habilitar la emisión de la boleta para empozar la cantidad dispuesta mediante la Resolución 191/2020 de 25 de agosto, para la emisión del correspondiente mandamiento (fs.14 a 15), respondida por la autoridad judicial mediante decreto de 2 del señalado mes y año “Ofíciese al fin impetrado por secretaria bajo responsabilidad OTROSI 1.- Por adjunto” (sic [fs. 15]).