SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2023-S4

Fecha: 25-Jul-2023

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memoriales presentados el 17 y 21 de febrero de 2020, cursantes de fs. 1 a 11 vta. y 13 a 14 vta., la parte accionante manifestaron los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante Resolución Facultativa 2018-2021 132/18 de 23 de noviembre de 2018, fueron nombrados como docentes a dedicación exclusiva de la Facultad de Ciencias Económicas de la UMSS, en los cargos de Coordinadores de Carrera, Jefes de la Oficina Educativa y de Talleres de Titulación; en atención a ello, el Rector de la UMSS emitió las Resoluciones Rectorales (RRRR), RR 07/19 de 4 de enero de 2019 y RR 202/19 de 8 de marzo del mismo año, al efecto requirió distintos informes a diferentes direcciones de la mencionada casa superior de estudios, que a su turno informaron el debido cumplimiento con los requisitos para acceder a los mismos de forma correcta; empero después, el Consejo Universitario de la UMSS, pronunció la Resolución RCU 49/19 de 18 de junio del señalado año, disponiendo dejar sin efecto y sin valor todos los fallos emitidos por el Consejo Facultativo de Economía, aprobados supuestamente en ausencia de los Consejeros estudiantiles y sin nombrar las resoluciones específicamente anuladas; es así que, argumentando el cumplimiento de dicha disposición el indicado Rector emitió la Resolución Rectoral RR 757/19 de 10 de julio de 2019; mediante el cual, de oficio anuló dichas designaciones en los cargos antes nombrados, siendo en consecuencia despedidos de facto de su condición de docentes a dedicación exclusiva.

Ante la referida determinación, enviaron varias cartas de “17/07/19, 31/07/19 y 04/09/19” al mencionado Rector, solicitando se reconsidere y anule la decisión asumida, señalando que vulneraba sus derechos laborales y al debido proceso, respondidas con una referencia a un informe de la Unidad Legal de la UMSS, señalando nuevamente sobre la falta de participación de estudiantes en el Consejo Facultativo donde se los designó y que para ser Jefe de Departamento es necesario ser docente titular; posteriormente, impugnaron específicamente la merituada RR 757/19 –31 de julio de 2019–, que fue contestada y/o resuelta por “…la RCU N° 90/19 de fecha 05/12/2019, por el cual, sin realizar fundamentación – motivación alguna, y por razones obvias RECHAZA la impugnación y reconsideración presentada…” (sic).

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

La parte accionante, denunció la lesión del debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y defensa, vinculados con los derechos de legalidad, presunción de inocencia, igualdad y no discriminación; citando al efecto los arts. 8.I, 14.I, 46.I, 49.I, 92, 115, 116.I, 117 y 121 de la Constitución Política del Estado (CPE); 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles (PIDC); y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

I.1.3. Petitorio

Solicitaron se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se deje sin efecto las Resoluciones RCU 49/2019 y RCU 090/2019; y, RR 757/2019, ordenando el pago de sus sueldos devengados y demás derechos laborales.

I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional

Celebrada la audiencia virtual el 10 de mayo de 2023, según consta en el acta cursante de fs. 459 a 463 vta., presente la parte solicitante de tutela y las autoridades demandadas, se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte impetrante de tutela, ratificó en audiencia pública, los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional, sin realizar ampliación fáctica o normativa de la misma.

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas