SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2023-S1
Fecha: 07-Jul-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:
II.1. Fotocopia de Mandamiento de Detención Preventiva con NUREJ 20251934 Caso: EAL 1900139, librado el 8 de enero de 2019, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de David Alfredo Mamani Mamani con CI. 10908533 LP y otros, por la presunta comisión del delito de homicidio, mediante Resolución 008/2018 de 8 de enero de “2019” emitido por Javier Rolando Chaca Quina, Juez de Instrucción en lo Penal Primero de El Alto, a ser cumplida en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, conforme lo establecido en el art. 237 del CPP (fs. 5).
II.2. Cursa fotocopia del memorial presentado por David Alfredo Mamani Mamani el 30 de marzo de 2022, ante el Juez de Ejecución y Supervisión en lo Penal Primero del departamento de La Paz, por medio de su representante sin mandato, en el fenecido proceso penal por el delito de lesiones graves y leves por el que se apersona y pide se expida mandamiento de libertad por cumplimiento de pena, refiere que fue sentenciado a tres años de privación de libertad, con mandamiento de detención preventiva de 8 de enero de 2019, Sentencia 23/2019 de 30 de mayo, Mandamiento de Condena de 26 de abril de 2021, Certificado de Permanencia y Conducta de 18 de agosto de 2021 (fs. 4 y vta.).