SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2023-S1

Fecha: 06-Jul-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en el expediente, se establece lo siguientes:

II.1.    Mediante Cédula de Identidad emitida el 26 de noviembre de 2020, correspondiente a la menor AA, se tiene que nació el 6 de mayo de 2008, en “COCHABAMBA-CHAPARE-VILLA TUNARI” (sic), teniendo como madre a Mari Cruz Sánchez Vallejos (fs. 2).

II.2.    Cursa Autorización -sin fecha-, por la que Mari Cruz Sánchez Vallejos, autoriza a los miembros del personal científico del Hospital San Francisco de Asís del Municipio de Villa Tunari del departamento de Cochabamba, para practicar exámenes de laboratorio y procedimientos médico quirúrgicos necesarios (fs. 11).

II.3.    Se evidencia Consentimiento informado para anestesia               general-regional, sin fecha, emitido por Sindy Arnez Revollo, Médico Anestesiólogo del  Hospital San Francisco de Asís del Municipio de Villa Tunari del departamento de Cochabamba, firmando como familiar Mari Cruz Sánchez Vallejos con C.I. 7949866 (fs. 38).

II.4.    Se advierte “Notas de evolución clínica y órdenes médicas” (sic), de 5 de marzo de 2022, del Hospital San Francisco de Asís de Villa Tunari, que en la parte final señala: Pte con alta de Internación 5/03/2022(sic), suscrito por Freddy Pairumani Ballesteros, Traumatólogo de referido nosocomio (fs. 19 y vta.).

II.5.    Consta “Notas de evolución clínica y órdenes médicas” (sic), de 9 de marzo de 2022, del Hospital San Francisco de Asís, que en la parte final señala: Paciente que se dio de alta 05/03/22 por problemas económicos se queda alojada en la institución (H.S.F.A) hasta que se haga la cancelación (sic), suscrito por Juan Carlos Arispe Ricaldes, Especialista en Ortopedia y Traumatología del señalado Hospital   (fs. 20 y vta.).

II.6.    Conforme el Informe social de 9 de marzo de 2022, Lizbeth Montaño Luna, Trabadora Social del Hospital San Francisco de Asís del Municipio de Villa Tunari del departamento de Cochabamba, respecto a la paciente AA, concluye que: 1) Desde el 28 de febrero hasta el 5 de marzo de 2022, durante los días de internación, los familiares no dieron a conocer su situación socioeconómica o insolvencia de cancelación para realizar intervención con el director y administrador del hospital; y, 2) Mary Cruz Vallejos y/o familiares, no se presentaron al servicio de trabajo social para solicitar un descuento o un plan de pago (fs. 57 a 58).

II.7.    Consta Notas de enfermería, del Hospital San Francisco de Asís del Municipio de Villa Tunari del departamento de Cochabamba, correspondientes a la paciente AA, donde se registra que el 10 de marzo de 2022, “se retira de su unidad aparentemente tranquila en silla de ruedas juntamente a su madre, su abogado, trabajo social, defensoría de la niñez y adolescencia, administración y Dirección” (sic [fs. 89 y vta.]).

II.8.    Cursa una Nota de 11 de marzo de 2022, dirigida a Newton Rodni Arispe Miranda, emitida por: Jaime Vargas Yapura, Director; Eduardo García Yucra, Administrador; Lizbeth Montaño Luna, Trabadora Social; todos del Hospital San Francisco de Asís del Municipio de Villa Tunari del departamento de Cochabamba; e, Ivonne Blanca Tapia García, Responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Municipio de Villa Tunari, por la que informan que el 10 de marzo a horas 15:00, en cumplimiento de la resolución dictada dentro de la acción de libertad, se procedió a efectivizar el alta médica, en consecuencia la paciente AA abandonó la clínica en compañía de su madre Mari Cruz Sánchez Vallejos (fs. 90).