SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2023-S4

Fecha: 08-Ago-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Por Resolución Administrativa (RA) 119/99 de 27 de diciembre de 1999, el entonces Alcalde Municipal de Warnes, aprobó los planos de la urbanización denominada “Nuestra Señora del Rosario”, de propiedad de Ermelinda Tomasi Escalante, con una superficie total de 609 720 m2, de las cuales se precisan las correspondientes a superficie útil, áreas verdes y de equipamiento, equipamiento urbano y calles y avenidas (fs. 5 a 7).

II.2.  Mediante Resolución Municipal (RM) 199/99 de 28 de diciembre, el entonces Concejo Municipal de Warnes, resolvió aprobar la urbanización “Nuestra Señora del Rosario”, de acuerdo a la RA 119/99 (fs. 8 a 9).

II.3.  A través de RM 20/2020 de 22 de diciembre, en atención a la denuncia de pérdida de bienes de dominio municipal y solicitud de abrogación de la RM 199/99, presentada por José Alberto Ortiz Tomasi el 16 de octubre de 2019, el Concejo Municipal de Warnes, decidió abrogar la RM 199/99, por incumplimiento a las condiciones de aprobación en cuanto al pago de la tasa de aprobación en el plazo determinado y la cesión y registro en Derechos Reales del 35% del terreno a urbanizar con destino a áreas de dominio público (fs. 10 a 14).

II.4.  Por RM 23/2020 de 2 de marzo de 2021, el Concejo Municipal de Warnes rechazó el recurso de revocatoria interpuesto por Luis Alberto Ruiz Guerrero –ahora accionante–, mediante memorial de 22 de febrero de 2021, en consecuencia, confirmó en todas sus partes la RM 20/2020, por la cual se abrogó la RM 199/99 (fs. 15 a 21).

II.5.  A través de Folio Real, extendido el 2 de febrero de 2022, por la oficina de DD.RR. del departamento de Santa Cruz, se acredita la titularidad sobre el dominio del lote de terreno de 313 310.19 m2, ubicado en la zona sur oeste de Warnes del indicado departamento, registrado bajo la matrícula computarizada 7.02.0.00.0019281, a nombre de Luis Alberto Ruiz Guerrero (fs. 3 a 4).