SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2023-S1

Fecha: 24-Ago-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en el expediente, se establece las siguientes conclusiones:

II.1.       Cursa Sentencia 42/2018 de 2 de octubre incoada por Ervin Mendoza Pacamia contra Gerardo Guardia Fariñas que declara probada la demanda disponiendo la cancelación de sueldos y beneficios en favor del accionante a (fs.119 a 125); Memorial de Recurso de Apelación de 29 de igual mes y año, planteado por el peticionante de tutela (fs.126 a 131 vta.) y Memorial de contestación de Ervin Mendoza Pacamia (fs. 138 a 152 vta.); Auto de fecha 8 de mayo de 2019, que concede apelación en el efecto suspensivo ante la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Beni (174 vta.).

II.2.       Consta Auto de Vista 096/2020 de 19 de octubre, emitida por Willy Alejandro Vargas Suarez y José Armando Urioste Viera, ambos Vocales ahora demandados de la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Beni; disponiendo que se revoca parcialmente la Sentencia  042/2018 de 2 de octubre; dejando sin efecto lo resuelto en la sentencia respecto al pago del aguinaldo y las vacaciones (fs. 194 a 207 vta.).

II.3.       Se tiene notificación 8027866-5 de 30 de octubre de 2020 a horas 8:00 a Gerardo Guardia Fariñas con el Auto de Vista 096/2020 de 19 de octubre, que en su parte final señala: “…Quien impuesto de su tenor, recibiendo/dejando copia de ley personalmente  conf los art. 267, 82 y 84 del Código Procesal Civil” (sic), notificación realizada por María Tankara Melgar Oficial de Diligencias de la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Beni (fs. 208).   

II.4.       Cursa Auto de 19 de noviembre de 2020, que declara Ejecutoriado el Auto de Vista 096/2020 de 19 de octubre, disponiendo la remisión del expediente al Juzgado de Origen (fs. 212).

II.5.       Se tiene nota de 1 de diciembre de 2020, donde Willy Alejandro Vargas Suárez, devuelve el expediente original del proceso Social seguido por Ervin Mendoza Pacamia contra Gerardo Guardia Fariñas, ante el Juez Público de la Niñez y Adolescencia de Partido del Trabajo y Seguridad Social Público de la Niñez y Adolescencia Primero de la Capital del departamento del Beni, haciendo constar que se devuelve con el Auto de Vista 096/2020 de 19 de octubre y Auto de ejecutoria de 19 de noviembre de igual año (fs. 583).

II.6.       Cursa, providencia de 23 de diciembre de 2020, en el cual se radica el proceso original de pago de beneficios sociales seguido por Ervin Mendoza Pacamia contra Gerardo Guardia Fariñas (fs. 583 vta.).

II.7.       Se tiene Memorial “Opone Incidente de Nulidad” presentada el 15 de enero de 2021, por el peticionante de tutela en la que solicita la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta la notificación con el Auto de Vista 096/2020 de 19 de octubre, realizada por la oficial de diligencias de la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Beni (fs. 566 a 569 vta.).