SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2023-S1
Fecha: 25-Ago-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. A través de la Sentencia 35/2019 de 14 de noviembre, el Tribunal de Sentencia Primero de Padilla del departamento de Chuquisaca, falló declarando al acusado Jhamil Máximo Padilla Sanguino –ahora accionante-, autor de la comisión del delito de estupro agravado, condenándole a cumplir la pena de ocho años de privación de libertad; por lo que, el 17 de enero de 2020, planteó recurso de apelación incidental contra el Auto 139/2019 bis de 9 de octubre, y recurso de apelación restringida en contra de la mencionada Sentencia (fs. 32 a 45).
II.2. Mediante el Auto de Vista 41/2021 de 21 de enero, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Chuquisaca, declaró improcedente los recursos de apelación incidental y apelación restringida planteados por el solicitante de tutela (fs. 58 a 63).
II.3. Cursa recurso de casación interpuesto por el impetrante de tutela de 23 de febrero de 2021, en contra del Auto de Vista 41/2021 de 21 de enero, que declaró improcedente el recurso de apelación incidental y apelación restringida formulados por el prenombrado impetrante de tutela (fs. 68 a 72 vta.).
II.4. Consta Auto Supremo 485/2021-RA de 16 de agosto, pronunciado por María Cristina Díaz Sosa y Edwin Aguayo Arando, Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia -accionados-, declarando inadmisible el recurso de casación interpuesto por el accionante (75 a 77 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo. Ejemplif