SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2023-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2023-S4

Fecha: 04-Sep-2023

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Acta de Audiencia de Emplazamiento a Reconocimiento de firmas de 10 de noviembre de 2021; la cual, demuestra que dentro de la medida preparatoria de emplazamiento a reconocimiento de firmas y rúbricas seguido por Yasmi Flores Antezana contra Hugo y Carla Ximena ambos Flores Antezana de reconocimiento de firmas y rúbricas, la ahora impetrante de tutela, declaró que la firma que se encuentra estampada en el documento privado de 2 de marzo de 2021, no es la suya ni la que utiliza en su vida cotidiana (fs. 160).

II.2.    Consta Informe y muestrario fotográfico de 15 de diciembre de 2021, del trabajo técnico realizado por la Sargento Segundo Deisi Mamani Ayma, investigadora asignada al caso; a través de los cuales, pudo afirmar la presencia y funcionamiento de cámaras de seguridad en el domicilio de la solicitante de tutela; sin embargo, las grabaciones cursantes en el soporte magnético no estarían completas (fs. 19 a 27).

II.3.    A través de Formulario de DD.RR. de 13 de junio de 2022; por el que, se acredita que el bien inmueble de 1 000 m² ubicado en la Zona Huarmi Rancho, Quillacollo, cuyos límites son al norte con la Av. Albina Patiño y al Sur con la calle Beni, queda registrado bajo la Matrícula Computarizada 3.09.1.01.0012870 A-4; y como propietarios vigentes a Yasmy, Carla Ximena y Hugo, todos Antezana Flores (fs. 84).

II.4.    Mediante memorial presentado el 24 de abril de 2022, Carla Ximena Flores Antezana puso en conocimiento de los Vocales de la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que para el 23 de junio del mismo año, los demandados sustituyeron la cámara lateral, colocando una más grande y con más características (fs. 109).

II.5.    Cursa muestrario fotográfico sobre la instalación de cámaras de video que enfocan a los ambientes donde la impetrante de tutela desarrolla su vida personal (fs. 30 a 45).

II.6.    A través de Portafolios Digitales del Caso, emitido por el Ministerio Público se tiene toda la descripción de las actividades procesales sobre las denuncias penales por violencia familiar o doméstica 309102042101334 realizada por Carla Ximena Flores Antezana contra Yasmy; Hugo, ambos Flores Antezana y Efraín Mercado Saavedra; así como, la 309102042101153 interpuesta por los ahora demandados contra la hoy impetrante de tutela (fs. 56 a 58; y, 73 a 74 vta.).