SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2024-S3
Fecha: 17-Jun-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Auto Supremo 501 de 16 de septiembre de 2021, emitido por la Sala Contenciosa, y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia -hoy accionada- mediante el cual se casó el Auto de Vista 026/2020 de 31 de enero de 2020, pronunciado por la Sala Social Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, deliberando en el fondo, mantuvo subsistente la Sentencia CF 15/2019 de 18 de marzo, dentro del proceso coactivo fiscal a demanda del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz -accionante- contra Beatriz del Carmen Peinado de Solíz -tercera interesada- (fs. 87 a 91), con el que fueron notificadas las partes el 29 de noviembre de igual año, según refiere la tercera interesada en su alegación escrita (fs. 103).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo. Ejem