SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2024-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2024-S4

Fecha: 09-Jul-2024

I.    ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

El accionante por memorial presentado el 6 de septiembre de 2022, cursante de fs. 1 y de 16 a 19, manifestó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por Memorándums SDAF 541-A-D/2021 de 3 noviembre y SDPE 541-A-D/2021 de 24 de agosto, Sergio del Mairon Gongora  Salas fue designado en el cargo de Jefe de la Unidad II del Gobierno Autónomo Departamental del Beni; por otra parte, añadió que si bien dio a conocer su calidad de padre a la parte –hoy demandada– empero, a la fecha no recibió los cinco subsidios prenatales, de natalidad y lactancia que le corresponden.

A través de nota de comunicación interna PPTO 34/2022 de 15 de febrero puesta a conocimiento del Director Departamental de Recursos Humanos (RR.HH.) y nota dirigida a la Directora Departamental de Bienestar Laboral y Previsión Social de 20 de abril de 2022, del citado Gobierno Departamental, el impetrante de tutela solicitó el pago de sus asignaciones familiares; no obstante, fue notificado el 1 de igual mes y año con el Memorándum de agradecimiento de servicios.

Desde entonces estuvo peregrinando al Gobierno Autónomo Departamental de Beni, para se haga efectivo el pago de la asistencia familiar devengada, recibiendo respuestas negativas a su solicitud y la orden de que no se le reciba ninguna nota en el ente departamental, además de negarle la atención médica a su hijo recién nacido; razón por la cual, el menor no pudo ser atendido en el seguro de salud.

De acuerdo al certificado de nacimiento de su hijo AA, nacido el 12 de mayo de 2022, se puede demostrar que éste fue concebido estando trabajando como servidor público de la Secretaria Departamental de Finanzas del Gobierno Autónomo Departamental de Beni; sin embargo, no fue beneficiario de los subsidios prenatal, natalidad ni lactancia, evidenciándose que el empleador, en este caso la parte demandada, no cumplió hasta la fecha con el pago de asignaciones familiares que por Ley le corresponden.

Añade que no corresponde el pago de subsidios en especie, puesto que la parte demandada no entregó de manera oportuna los mismos; siendo que al respecto, el “art. 9” del Reglamento de Fiscalización y Control del Régimen de Asignaciones Familiares aprobado por la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (ASUSS) a través de la Resolución Administrativa ASUSS 0101/2021 de 31 de diciembre, establece que la cancelación de los subsidios prenatal, natalidad y lactancia es de Bs2 000.- (dos mil bolivianos) por cada mes, por subsidios devengados, al no haberse pagado a tiempo las asignaciones familiares, por lo que corresponde que sean canceladas en dinero y no así en especie.

La espera por el pago de subsidios prenatales, de natalidad y lactancia pusieron en riesgo la nutrición, formación física y psicológica de su hijo AA y de la madre lactante del menor, evidenciándose que la parte demandada no realizó oportunamente el pago de las asignaciones familiares, por ello, en procura de precautelar el derecho a la vida, a la salud y a los subsidios familiares, solicitó se conceda su demanda de acción de defensa y se ordene que los hoy demandados cancelen de manera retroactiva las asignaciones familiares devengadas en dinero.

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

El accionante, alegó la lesión de sus derechos a la vida, a la salud, a la alimentación y a la seguridad social, citando al efecto los arts. 45.I, II, III y V, 48.I, II, III y IV, y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia: a) Se disponga la cancelación de asignaciones familiares retroactivas consistente en diez subsidios de Bs2 000.- (dos mil bolivianos) por mes, haciendo un total de Bs20 000.- (veinte mil bolivianos); y, b) Se ordene el pago de costas procesales por la no entrega oportuna de asignaciones familiares y por poner en riesgo la vida, salud, alimentación y seguridad social de su hijo AA y de la madre del menor.

I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional

Celebrada la audiencia virtual el 9 de septiembre de 2022, conforme consta en el acta cursante de fs. 43 a 44 vta., presentes la parte accionante y las autoridades demandadas, asistidos de sus abogados se produjo los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción