SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2024-S3

Fecha: 06-Sep-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  A través de los Contratos: 1) De Prestación de Servicios (Trabajador Eventual-Primer Contrato) C-5936/21 de 30 de junio de 2021, con vigencia a partir del 2 de agosto de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021; y, 2) De Prestación de Servicios C-1279/22 Segundo Contrato de 20 de enero de 2022, con vigencia a partir del 7 de enero hasta el 30 de junio del igual año. Ambos Contratos suscritos entre la CNS y Paulina Ichuta Tarqui -hoy accionante- de prestación de servicios como Auxiliar de Oficina Médica I Nivel 22 dependiente del “HODE” Materno Infantil de la Administración Regional La Paz (fs. 12 a 15).

II.2.  Por Certificado de Atención Prenatal de 13 de junio de 2022, emitido por Luz Aranda Gutiérrez y Rafael Castillo Retamozo, Médicos de la CNS Regional La Paz, en favor de la accionante para el subsidio prenatal a partir de esa fecha (fs. 17).

II.3.  Mediante Conminatoria J.D.T.-L.P./CMAR/ 305/2022 de 15 de agosto, emitida por el Jefe Departamental de La Paz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, se conminó a la inmediata reincorporación laboral por inamovilidad laboral de la accionante al mismo puesto que ocupaba al momento de su despido, más el pago de sus salarios devengados y demás derechos sociales y laborales que le correspondan a la fecha de su respectiva reincorporación (fs. 6 a 9), decisión que no fue cumplida por la CNS Regional La Paz según el Informe J.D.T.L.P.-CMAR-VR-310/2022 de 28 de septiembre pronunciado por el Inspector de la citada Jefatura (fs. 11 y vta.).