SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2025-S1
Fecha: 21-Mar-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 5/2022 de 8 de septiembre, cursante de fs. 64 a 66, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Decimoquinto de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada respecto al derecho al debido proceso en sus elementos de celeridad, acceso a la justicia pronta y oportuna y a la defensa, vinculados a la libertad de la accionante, en las modalidades de acción de libertad traslativa o de pronto despacho e innovativa, conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
2º Exhortar al Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Pucarani del departamento de La Paz, para que en lo sucesivo obre de acuerdo al mandato de las normas y se abstenga de incurrir en dilación indebida en la remisión de obrados ante el Tribunal de alzada.
3º DENEGAR la tutela solicitada, respecto al derecho a la dignidad y a la remisión de antecedentes ante el Consejo de la Magistratura.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dra. Amalia Laura Villca
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA