Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2025-S1
Fecha: 20-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión del expediente que cursa en obrados, no se advierte que exista documental pertinente en el mismo; sin embargo, en el memorial de la acción de libertad, se transcribieron los razonamientos del Auto Interlocutorio recurrido en apelación, así como del Auto de Vista ahora impugnado, que luego fue contrastado por el Juez de garantías en la audiencia tutelar de manera virtual a través de la digitalización de éstos; por lo que, en aplicación de los principios de celeridad y economía procesal, la resolución de la presente causa se basará en dicha documental y en lo aseverado por las partes procesales en audiencia.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Ahora bien, la modulación efectuada por la SCP 0014/2018-S2, que analiza previamente la relevancia constitucional, para disponer la nulidad de la resolución cuando se denuncia arbitraria o insuficiente motivación, no alcanza a las resoluciones que im