SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2025-S4
Fecha: 08-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por memorial de 1 de julio de 2022, Débora Olivera Capihuara, Fiscal de Materia, informó al Juez Público Civil y Comercial e instrucción Penal de Apolo del departamento de La Paz, el inicio de investigaciones contra Alfredo Aldo Oblitas Chambi, por la presunta comisión del delito de violación (fs. 16 y vta.).
II.2. A través de memorial presentado el 23 de septiembre de 2022, Alfredo Aldo Oblitas Chambi, solicitó al representante del Ministerio Público del municipio de Apolo del departamento de La Paz, que a efectos de asumir defensa en el proceso penal, por el delito de violación a instancia del Ministerio Público, se emitan distintos requerimientos vinculados a su defensa (fs. 2 a 5 vta.).
II.3. Mediante formulario extraído del Portafolio Digital del Caso 207102092200050, generado el 3 de octubre de 2022, se establece la existencia de distintos actuados correspondientes a la investigación, desde el 8 de julio de 2022, hasta el 28 de septiembre del mismo año, entre ellos requerimientos fiscales con fines investigativos (fs. 6 a 7).
II.4. Cursa por memorial presentado el 3 de octubre de 2022; por el cual, Alfredo Aldo Oblitas Chambi, solicitó al Juez de Instrucción Penal Cautelar Primero de la ciudad de La Paz, control jurisdiccional en la causa 207102092200050, ante la negativa de actos investigativos por parte del Fiscal de materia asignado al caso (fs. 8 a 9 vta.).