SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2025-S3
Fecha: 21-Abr-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve:
1º CONFIRMAR en parte la Resolución de 359/2022 de 30 de octubre, cursante de fs. 103 a 104, pronunciada por el Juez de Instrucción Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz;
2º CONCEDER tutela solicitada con relación al debido proceso en sus componentes fundamentación y congruencia; dejando sin efecto el Auto de Vista 656/2022 de 3 octubre en lo relativo al accionante y al riesgo procesal contenido en el art. 235.2 del Código de Procedimiento Penal que le atañe, debiendo la autoridad demandada emitir uno nuevo, únicamente respecto al referido riesgo procesal; y,
3º Llamar severamente la atención a Sergio Sebastián Pacheco Diamantino, Juez de Instrucción Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz, por los motivos expuestos en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, de reiterar su conducta en futuras actuaciones se remitirán antecedentes al Consejo de la Magistratura.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Paola Verónica Prudencio Candia
MAGISTRADA
Fdo. Ángel Edson Dávalos Rojas
MAGISTRADO