SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2025-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2025-S2

Fecha: 24-Abr-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Auto Interlocutorio 461/2022-P de 3 de octubre, Sandy Madeleine Rodríguez Aguilar, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Caranavi del departamento de La Paz -hoy codemandada-, se excusó del conocimiento del proceso penal iniciado contra Justina Mita Choque -accionante- por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica; y, en consecuencia, dispuso que, por Secretaría de ese despacho, se remita los obrados ante Miguel Ángel Careaga Pacajes, Juez Publico Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guanay de igual departamento -hoy demandado-; y, en revisión, a la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia del señalado departamento (fs. 3 a 6).

II.2.    Consta memorial de incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa presentado por la impetrante de tutela el 25 de octubre de 2022, ante el Juez demandado (fs. 27 a 29).

II.3.    Cursa acta de suspensión de declaración informativa de 26 de octubre de 2022, emitida por Javier Berthy Huanca Yujra, Fiscal de Materia -hoy codemandado- por el cual se suspendió la declaración informativa de la accionante para el 28 del mismo mes y año a horas 10:00, debiendo presentarse con su abogado defensor (fs. 64).

II.4.    Consta nota presentada el 27 de octubre de 2022 por Karem Georgina Calderón Fernández, Secretaría del Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Caranavi del departamento de La Paz, ante el Juez demandado, por el cual se remitieron obrados originales en un cuerpo dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la impetrante de tutela, signado con el Código Único de Denuncias (CUD) 22010202200271, con cargo de recepción de 27 de igual mes y año a horas 14:22 (fs. 66).