SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2025-S1
Fecha: 17-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta reporte del portafolio digital del proceso con CUD 201503022201330, seguido por el Ministerio Público y otra contra Omar Juan Ticona Vera -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, en el cual consta que la causa se apertura por acción directa, el 9 de octubre de 2022; y, el 10 de igual mes y año, a horas 14:04, se procedió a informar el inicio de investigaciones, siendo el proceso asignado al control jurisdiccional del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Cuarto de El Alto del departamento de La Paz ( fs. 2 a 3).
II.2. Cursa Resolución Fundamentada de Aprehensión de 10 de octubre de 2022, contra el accionante; y , Orden de Aprehensión de la misma fecha que al reverso lleva un acta de notificación practicada al impetrante de tutela, a horas 14:20 (fs. 19 a 22 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Conforme a la sistematización de la línea jurisprudencial, los actos ilegales u omisiones indebidas que impliquen actividad procesal defectuosa en la que pudieran incurrir los órganos de persecución penal -fiscales y policías- lesivos a derechos y ga