SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0470/2025-S1
Fecha: 19-May-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso de guarda seguido a instancias de Juan Israel Vargas Choque, por memorial de 10 de octubre de 2022, Ana Carolina Lima Vásquez -ahora accionante-, se apersonó ante el Juez del Tribunal de Sentencia Primero, Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social, y de Sentencia Penal de la Provincia Pantaleón Dalence con Asiento en la localidad de Huanuni del departamento de Oruro (fs. 22 a 24).
II.2. Consta nota de 22 de febrero de 2023, dirigida a Serafín Escobar Quispe, Alcalde del GAM de Machamarca del señalado departamento -ahora demandado-, donde la impetrante de tutela señala: “SOLICITO AUDIENCIA Y DEVOLUCIÓN DE MI NIÑO” (sic), en la misma figura número de celular 72489368 como referencia de la ahora accionante; la cual fue reiterada el 27 de igual mes y año (fs. 2 y 3).
II.3. Cursa nota de 25 de febrero de 2023, recepcionada por el GAM de Machacamarca del señalado departamento, el 27 del citado mes y año, dirigida a la solicitante de tutela, suscrita por la Responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, SLIM, Unidad Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad (UMADIS) y Centro de Orientación Socio Legal para Adultos Mayores (COSLAM) de dicha localidad, referente a la contestación a solicitud de audiencia y devolución de hijo efectuado el 22 de igual mes y año; a través de la cual se refirió:
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- “…sobre el auto de 03 de mayo de 2022, si bien en este auto, en el por tanto inc. d) se estableció visitas cotidianas de 12:00 pm a 17:00 pm, tenemos conocimiento que dicho auto se encontraba inmerso en el proceso de guarda interpuesto por el sr. Jua