SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0558/2025-S2
Fecha: 05-Jun-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene acta de denuncia verbal de 13 de diciembre de 2022 ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), a instancia de Rene Vargas Oropeza -demandado- contra Never Segundo Aireyu -accionante- por la presunta comisión del delito de hurto (fs. 27).
II.2. Cursa memorial de 13 de diciembre de 2022, emitido por Roxana Gonzales Antelo, Fiscal de Materia dirigido al Juzgado de Instrucción Penal de turno de la Capital del departamento de Santa Cruz, en el que señala: “…informo a su autoridad el INICIO DE INVESTIGACIÓN contra NEVER SEGUNDO AIREYU a instancia de RENE VARGAS OROPEZA por la presunta comisión del delito de HURTO…” (sic [fs. 25]).