SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2025-S3
Fecha: 10-Jun-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Testimonio de la Escritura Pública de Contrato de Anticrético 14/2012 de 18 de abril, por el cual Diana Patricia Valdez Álvarez y Jaime García Torres suscribieron contrato de anticrético respecto de un departamento que cuenta con cuatro dormitorios, un estudio, baños, living, comedor, cocina, garaje y servicios básicos (fs. 3 a 4).
II.2. Consta documento de entrega de dinero para la devolución de anticréticos de 28 de mayo de 2015, mediante el cual Jaime García Torres transfirió el inmueble signado bajo la Matrícula Computarizada 3.09.3.01.0005441 a Alex Danny Chambi Aquino, además de entregarle la suma de $us76 400.- (setenta y seis mil cuatrocientos dólares estadounidenses) para la devolución de los anticréticos a los anticresistas (fs. 7 y vta.).
II.3. Se tiene el Acta Notariada 23/2023 de 13 de marzo de 2023, en la cual se refiere que se verificó la existencia de un muro que impide el acceso a los medidores de energía eléctrica, y se corroboró que la vivienda de la accionante -piso tres- no cuenta con suministro eléctrico (fs. 9 a 11).
II.4. Cursa el Acta de Inspección 01802 de 10 de marzo de 2023, en la cual el inspector de la ELFEC, hizo constar que el medidor presentaba una reconexión arbitraria, que la cuenta se encontraba suspendida por falta de pago y que se procedió al retiro del medidor; además, señaló que el usuario debe gestionar la instalación de un medidor independiente para cada departamento (fs. 14).
II.5. Se tienen comprobantes de pagos por concepto de servicios básicos, correspondientes a 30 de noviembre, 5 y 10 de enero, 3 y 25 de febrero todos de 2023, realizados por la accionante a favor de Jacqueline Carola Arias Centellas -cónyuge del demandado- (fs. 16 a 17).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Por ejemplo, ante denuncias de actos vinculados a medidas de hecho que afectan la propiedad o posesión por avasallamientos, una tutela reparadora en el marco de la provisionalidad, puede disponer la desocupación inmediata de la propiedad, incluso con