SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2025-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2025-S2

Fecha: 17-Jun-2025

I.    ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 5 de enero de 2023, cursante a fs. 1 y 60 a 67, el accionante, a través de su representante sin mandato, manifiesta lo siguiente: 

I.1.1. Hechos que motivan la acción 

Fue sometido a presiones, hostigamiento e intimidación para que se autoinculpe en la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), sin la presencia de un abogado. Cuando se encontraba en celdas policiales, recién fue asistido por uno, tomando conocimiento de los hechos ilícitos que se le atribuyen, vinculados al homicidio presuntamente ocurrido el 12 de agosto de 2018 a horas 21:00 en la av. Baptista de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, fecha en la que no estaba en el mencionado lugar, porque de horas 19:00 a 23:00 se encontraba en la preentrada de la zona Villa Fátima de la referida ciudad junto a su amigo Carlos Pedro Pari Ramírez; por lo que, la sindicación que le hicieron los Fiscales de Materia fue calumniosa y no probaron nada, emitiendo una imputación formal en su contra por la presunta comisión del delito de homicidio en grado de complicidad y sometiéndolo a un ilegal encarcelamiento desde el 2019 en el Centro Penitenciario Qalauma de Viacha del departamento de La Paz. 

Dentro de dicho proceso se emitió la Sentencia “…10/21 de (…) 15/06/2021…” (sic), la cual lo declaró culpable del delito de homicidio, imponiéndole una pena privativa de libertad de quince años en el Centro Penitenciario San Pedro del departamento de La Paz. En tiempo oportuno, presentó recurso de apelación restringida contra la referida determinación, cuestionando que la misma no se pronunció respecto a la calificación inicial de homicidio en el grado de tentativa, que no existió una investigación, tampoco una valoración de la prueba para “…cada uno de los 4 acusados…” (sic) y la falta de valoración de descargos presentados, denunciando las irregularidades cometidas en el desarrollo del proceso, puesto que no señalan al autor del hecho que presuntamente segó la vida de la víctima.

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados  

El accionante, a través de su representante sin mandato, alega la lesión de sus derechos a “recurrir”, al debido proceso y libertad personal; citando al efecto los arts. 115 y 116.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); y, 7.6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).  

I.1.3. Petitorio 

Solicita se conceda la tutela impetrada; y, en consecuencia, se ordene al Juez demandado emita mandamiento de libertad en su favor por estar ilegalmente encarcelado, conforme a las pruebas de descargo.  

I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías  

Celebrada la audiencia pública virtual el 6 de enero de 2023, según consta en el acta cursante de fs. 72 a 73 vta., se produjeron los siguientes actuados: 

I.2.1. Ratificación de la acción  

La parte accionante, a través de su abogado, ratificó in extenso los argumentos expuestos en su escrito de interposición de la presente acción tutelar.  

I.2.2. Informe de la parte demandada 

Walter Juan Fernández Cuentas, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz, en audiencia de garantías, solicitó se deniegue la tutela, manifestando lo siguiente: a) Conoció y resolvió la causa penal seguida contra varios ciudadanos incluyendo al accionante, contra quien pronunció sentencia condenatoria y que “…al presente efectivamente se encuentra con apelación restringida en la Sala Penal Primera…” (sic); por lo que, como Juez, nada más dio cumplimiento a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico penal; y, b) La acción de libertad no corresponde sea considerada, puesto que el accionante hizo uso del recurso de apelación restringida y se encuentra pendiente de resolución.   

I.2.3. Resolución   

El Juez de Sentencia Penal Anticorrupción Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 04/2023 de 6 de enero, cursante de fs. 74 a 75, denegó la tutela solicitada, con base en los siguientes fundamentos: 1) La parte accionante contextualiza la problemática señalando que se encuentra sometido a un proceso penal en el cual se vulneró su derecho a la defensa, ya que, mediante Sentencia “…10/2021 de 15 de julio…” (sic), pronunciada por el entonces Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz, fue declarado autor del delito de homicidio, sin que se haya justificado la sanción penal impuesta, para posteriormente reconocer que planteó recurso de apelación restringida contra la referida determinación, que se encuentra radicado en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento, pendiente de pronunciamiento; y, 2) Es inviable la activación de vías paralelas, por un lado, la vía ordinaria a través de la interposición de un recurso de apelación restringida, que es el medio idóneo para la revisión de la sentencia condenatoria y, por otra, la formulación de una acción de libertad, tendiente a revisar la sentencia condenatoria en sede constitucional respecto a la valoración de la prueba, puesto que se corre el riesgo de que exista contradicción entre ambas jurisdicciones.