SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2025-S3

Fecha: 11-Jul-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Conminatoria JDTSC/RPT/CONM. 177/2022 de 25 de octubre, emitida por Richard Pillco Tapia, Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por la cual, conminó a la empresa Grupo Creminex SRL, proceda a la reincorporación de Eliane Chávez Vásquez -accionante- a su fuente laboral en el mismo puesto que ocupaba en la empresa, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado en aplicación al DS 0496, manteniendo su antigüedad y demás derechos que corresponden por ley, notificada el 2 de diciembre de 2022 y al empleador el 20 del mismo mes y año, mediante correo electrónico (fs. 9 a 14)

II.2.  Mediante Memorándum JDTSC/I/VER.REINC./LAB. 012/2023 de 22 de febrero, emitido por Pabla Calixta Justiniano Muneiquit, Inspectora del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, respecto a la verificación de cumplimiento de conminatoria de reincorporación laboral a favor de Eliana Chávez Vásquez -accionante- señaló que evidenció que la empresa Grupo Creminez SRL no dio cumplimiento a la Conminatoria JDTSC/RPT/CONM. 177/2022 de 25 de octubre, que dispuso la reincorporación de la referida solicitante de tutela al mismo puesto que ocupaba en la empresa Grupo Creminex SRL, más el pago de salarios devengados por el tiempo que estuvo fuera de funciones, así como los derechos que por ley le correspondan (fs. 16).