SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0029/2025
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2025

Fecha: 24-Jul-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Acta de denuncia de 7 de noviembre de 2022, presentada por Miguelina Huarayo Chambi de Gallego ante Oscar Sarzuri Apaza, Funcionario Policial de la Fuera Especial de Lucha Contra del Crimen (FELCC), contra Albina Condori Roque, por la presunta comisión del delito de “lesiones”, hecho que hubiere ocurrido en la Comunidad Colcoma el 5 de noviembre de 2022 (fs. 3); Memorial presentado el 6 de febrero de 2023 al Juzgado de Instrucción Penal Primero de Uncía del departamento de Potosí, mediante el cual, Alejandra Dávila Ponce, Fiscal de Materia, imputó a Albina Condori Roque la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves,  hecho que hubiere ocurrido en la Comunidad Colcoma del municipio de Uncía del referido departamento (fs. 23 a 25 vta.).

II.2. Cursa copia de Acta de nombramiento de 16 de diciembre de 2022, fechada en la ciudad de La Paz, y firmada por Autoridades IOC del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONAMAQ), mediante la cual José Manuel García Mamani, de la Comunidad Chiu del Ayllu Kharacha, fue nombrado como Kuraj Mallku de la FAOI-NP por el periodo comprendido de 10 de enero de 2022 a 10 de enero de 2024 (fs. 124); y, copia de credencial emitida por el CONAMAQ; por la cual, se tiene que Freddy Huanca Castillo, ostentaría el cargo de Mallku Comisión Jurídica y JIOC, de la FAOI-NP (fs. 126); Copia de memorándum CONAMAQBOL 007/2022 de 10 de enero; mediante la cual, Autoridades IOC del CONAMAQ, nombraron a Freddy Huanca Castillo en el cargo de Mallku Comisión Jurídica y JIOC, de la FAOI-NP (fs. 127).

II.3.  Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2022, ante el Juzgado Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Uncía del departamento de Potosí, Roberto Almanza Huarayo, Autoridad IOC del Ayllu Kharacha, solicitó al titular del referido juzgado, decline competencia hacia su JIOC, respecto de la causa penal con NUREJ 5U0113598 (fs. 12 a 14); en respuesta, Miguelina Huarayo Chambi, por memorial presentado al mismo juzgado el 6 de febrero de 2022, expresó su oposición a la solicitud de declinatoria de competencias, argumentando que la referida Autoridad IOC representa al Ayllu Kharacha, pero, que el hecho sucedió en territorio del Ayllu Aymaya donde su competencia no alcanza; además que, ésta es miembro del referido Ayllu (Aymaya) con lo cual no se cumplen los ámbitos de vigencia personal y territorial (fs. 20 21 vta.); resolviendo la declinatoria de competencia, por Resolución de 2 de marzo de 2023, el Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Uncía, denegó la solicitud de declinatoria de competencias, advirtiendo el incumplimiento de los ámbitos de vigencia territorial y material para el ejercicio de la JIOC (fs. 34 a 36 vta.).

II.4.  Por certificación de “febrero de 2023", firmada por Germán Pascual Coronel, Corregidor Titular y Adolfo Chino Santos, Segunda Mayor, ambos del Aylllu Aymaya, se da a conocer que Teófilo Gallego Villca y Miguelina Huarayo Chambi, “…son propietarios del terreno ubicado en los terrenos de la comunidad Merkaymaya que colinda con la comunidad Collcoma, ambos señores sufrieron agresiones por parte de los comunarios del Ayllu Karacha, también indicar que los terrenos de los señores arriba mencionados pertenecen al ayllu Aymaya, Municipio de Uncía, de la provincia Rafael Bustillos del departamento de Potosí” (sic [fs. 30]); en igual sentido, por certificación de 8 de enero de 2023, firmada por Sebastián Castro Condori, Jilanko de la Comunidad Merkaymaya, señaló que Teófilo Gallego Villca y Miguelina Huarayo Chambi, son propietarios de una extensión territorial que se encuentra dentro el Ayllu Aymaya (fs. 31).