SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2025-S1
Fecha: 30-Jul-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. El Formulario Único de Denuncia ante la “Fiscalía de La Paz – El Alto” de 6 de diciembre de 2022, señala que mediante denuncia presentada por Felipa Aruquipa Villacorta, refiere que el 2 del citado mes y año, cuando se encontraba en su domicilio en la zona Milluni bajo la avenida Simón Bolívar S/N, recibió una llamada de su hija menor de edad de 15 años, quien estaría siendo víctima de agresiones verbales y físicas por parte de su padre y madrastra, los ahora denunciados Julio César Paredes Laura y Cristina Huanca Quispe (fs. 2).
II.2. Consta Certificado Médico Legal-Forense de 6 de diciembre de 2022, emitido por la Médico Forense del Instituto de Investigación Forenses de la Fiscalía General del Estado, que concluye que la menor de edad AA de 15 años, tiene contusiones simples otorgándole tres días de incapacidad médico legal (fs. 3 y vta.).
II.3. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de Felipa Aruquipa Villacorta contra Julio César Paredes Laura y Cristina Huanca Quispe, cuya víctima es AA de 15 años, por la presunta comisión de delito de violencia familiar o doméstica por el art. 272 bis del Código Penal, se emitió en diciembre de 2022 las Medidas de Protección por el Fiscal de Materia de la Fiscalía Especializada en Delitos de Razón de Género y Justicia Penal Juvenil de El Alto del departamento de La Paz (fs.4).
II.4. Mediante memorial de “enero de 2023” Felipa Aruquipa Villacorta, en su condición de madre/progenitora de la víctima AA, solicitó al representante del Ministerio Público, especialista en Delitos de Violencia Sexual y en razón de Género de El Alto del departamento de La Paz, de acuerdo al art. 389 bis del CPP, se cumpla con las medidas de protección que hasta la fecha no se cumplen (fs. 5 a 6).
II.5. Cursan dos Informes de 6 de febrero de 2023, del Investigador de la FELCV – EPI-HUAYNA POTOSI al Fiscal de Materia, respecto al proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra Julio César Paredes Laura y Cristina Huanca Quispe (fs. 9 a 11 y vta.).
II.6. Mediante memorial de “febrero de 2023” Felipa Aruquipa Villacorta, en representación de la menor AA, solicitó la restitución del inmueble y orden de allanamiento al representante del Ministerio Público especialista en Delitos de Violencia Sexual de El Alto del departamento de La Paz, se cumpla con las medidas de protección emitidas el 13 de diciembre de 2022 (fs. 12).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad. | III. El Estado adoptará las medidas necesarias
- I. Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. (…)