SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0921/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0921/2025-S1

Fecha: 05-Ago-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Nota con Cite: Prot. AAFN-ALDP/05/06/2023 de 5 de junio, dirigida a Alberto Quispe Mamani, Presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Potosí -hoy accionado-; Azucena Alejandra Fuertes Mamani -ahora accionante-, solicitó: “1. Copias legalizadas de la actas de sesiones ordinarias y extraordinarias desde el 1 de agosto de 2022 a la fecha 2.- Copias de videos de las sesiones ordinarias y extraordinarias desde el 1 de agosto de 2022 a la fecha” (sic [fs. 3]).

II.2.    Mediante Nota con Cite: Prot. AAFM-ALD 22/06/23 de 22 de junio de 2023, dirigido al Presidente de la Asamblea hoy accionado; la accionante anunció acción de amparo constitucional por la falta de respuesta y entrega de las fotocopias legalizadas y videos solicitados (fs. 5). Asimismo, a través de la Nota con Cite: Prot. AAFM-ALDP 26/VI/23 de 26 de igual mes y año, dirigido al citado Presidente; la accionante reiteró dicha petición (fs. 4).