SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1121/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1121/2025-S1

Fecha: 09-Sep-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Escritura de Compromiso de Compraventa de departamento de 25 de noviembre de 2016, suscrita entre Carmen Beatriz Quinteros Tambo -ahora accionante-, en calidad de promitente vendedora y Germán Claros Alvarado -hoy accionado-, como promitente comprador, teniendo por objeto el compromiso de venta de un departamento ubicado en el segundo piso, bloque D, con una superficie de 205.57 m², más un parqueo para un vehículo en el parqueo común de la familia, registrado en la Oficina de DD.RR. en propiedad vertical, bajo la matrícula computarizada 3.09.3.01.0002987, en favor del ahora accionado, por el precio total de $us55 000.- (cincuenta mil dólares estadounidenses); de los cuales, al momento de la suscripción, la accionante recibió la suma de $us38 000.- (treinta y ocho mil dólares estadounidenses); pactándose que la suma de $us7 000.- (siete mil dólares estadounidenses) sería cancelada el 20 de diciembre de igual año, cuando se le entregue el departamento, quedando un saldo pendiente la suma $us 10 000.- (diez mil dólares estadounidenses), la cual será cancelada al momento de la entrega de la Resolución Técnica Administrativa de Aprobación del plano en propiedad horizontal, obligándose la accionante a efectuar dicho trámite en el plazo máximo de cuatro meses; es decir, hasta el 25 de marzo de 2017, autorizando la accionante en la Cláusula Cuarta que el hoy accionado puede construir una terraza a continuación de la loza del primer piso (fs. 23 vta.). Se arrima el documento de compromiso de venta de 18 de enero del mismo año, suscrito entre la accionante y Elías Rojas Salinas en calidad de promitentes vendedores y el ahora accionado, como prominente comprador, teniendo por objeto el compromiso de venta de los departamentos individuales y un bloque compuesto por cuatro departamentos individuales, conforme al siguiente detalle: i) Departamento ubicado en planta baja, con una superficie de 209.07 m², más dos parqueos, por la suma de $us60 000.- (sesenta mil dólares estadounidenses); ii) departamento ubicado en el segundo piso, con una superficie de 205.57 m², más tres parqueos por un precio convenido de $us55 000 (cincuenta y cinco mil dólares estadounidenses).-; y, iii) La totalidad del bloque C, integrado por cuatro departamentos, con una superficie de 598.40 m² y parqueos detallados, por la suma de $us130 000.- (ciento treinta mil dólares estadounidenses). Con relación al pago del precio, en la Cláusula Cuarta se indica: a) A la firma del documento, el hoy accionado canceló la suma de $us40 000.- (cuarenta mil dólares estadounidenses), correspondiente al departamento ubicado en planta baja y a los dos parqueos descritos en el inc. 1) de la cláusula anterior, quedando un saldo pendiente de $us20 000.- (veinte mil dólares estadounidenses); asimismo, la accionante y Elías Rojas Salinas consintieron expresamente autorizar al ahora accionado para que pueda habitar en el departamento de manera inmediata; b) Por el departamento ubicado en el segundo piso, más los tres parqueos descritos en el inc. 2) de la cláusula anterior; se canceló la suma de $us38 000.-; quedando como saldo la suma de $us17 000.- (diecisiete mil dólares estadounidenses); además, la accionante y Elías Rojas Salinas dieron su consentimiento para que el hoy accionado pueda habitar en el departamento de manera inmediata; y, c) Finalmente, por el bloque C, compuesto por cuatro departamentos y los parqueos descritos en el inc. 3), se canceló la suma de $us20 000.-, quedando como saldo pendiente la suma de $us110 000.- (ciento diez mil dólares estadounidenses), la accionante y Elías Rojas Salinas se comprometieron a entregar todo el bloque totalmente concluido y habitable hasta el 15 de febrero de 2017 (fs. 24 a 27).

II.2.    Consta documento de Complementación, Modificación y Transacción de Compromiso de Venta de 27 de agosto de 2017, con reconocimiento de firmas y rúbricas, suscrito entre la accionante y Elías Rojas Salinas como Promitentes Vendedores y el hoy accionado como Promitente Comprador, en la Cláusula Tercera, acordaron excluir de dicho compromiso de venta el bloque C, compuesto por cuatro departamentos y los parqueos descritos; por el cual, el ahora accionado promitente comprador dio un anticipó de $us20 000.-, el cual sería computado al pago total del departamento de planta baja, con una superficie de 209.07 m², más dos parqueos; asimismo, en la Cláusula Cuarta, expresamente los promitentes vendedores declararon que, el departamento ubicado en el segundo piso, con una superficie de 209.07 m², más dos parqueos, se encuentra “a la fecha” totalmente cancelado, mientras que el departamento ubicado en el segundo piso, con una superficie de 205.57 m² y tres parqueos; por el cual, el hoy accionado promitente comprador anticipó la suma de $us38 000.-, “a la fecha” realizó un segundo pago de $us7 349.- (siete mil trescientos cuarenta y nueve dólares estadounidenses), quedando un saldo pendiente de $us9 651.- (nueve mil seiscientos cincuenta y uno), el cual será cancelada por el ahora accionado contra la entrega de la documentación debidamente saneada por la accionante y Elías Rojas Salinas, en un plazo máximo de diez días (fs. 28 a 30 vta.).

II.3.    Cursa Plano de Adecuación en Propiedad Horizontal del edificio “María Eugenia”, a nombre de la accionante, con sello de aprobación del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya del departamento de Cochabamba, de 2 de octubre de 2017, en mérito a la Resolución Administrativa (RA) 633/17 de 19 de julio de igual año (fs. 74).

II.4.    Consta Folio Real de registro de bien inmueble -original-, inscrito en la Oficina de DD.RR. bajo la matrícula computarizada 3.09.3.01.0024352, que se encuentra registrado un departamento ubicado en la zona Chiquicollo, Manzana R.U. Distrito 6, edificio “María Eugenia”, departamento “L”, planta baja, bloque D, con una superficie de 200.07 m², inscrito en el Asiento A-1 a nombre de la accionante, de 3 de abril de 2018 (fs. 49 a 50); asimismo, cursa en original Folio Real de registro de bien inmueble, inscrito en la Oficina de DD.RR. bajo la matrícula computarizada 3.09.3.01.0024354; en el que, se encuentra registrado un segundo departamento ubicado en la zona Chiquicollo, Manzana R.U. Distrito 6, edificio “María Eugenia”, departamento “O”, segundo piso, bloque D, con una superficie de 196.57 m², inscrito igualmente a nombre de la accionante, en la misma fecha (fs. 51 a 52).